Arrendamiento de Local de Negocio

Tengo una duda sobre este particular. En la factura el acreedor imputa por un lado el arrendamiento, (600E), por otro los impuestos y por otro lado me pone el precio de los gtos.de comunidad
Mi duda es la siguiente: ¿Los gtos.de comunidad los pongo como si formara parte del arrendamiento? O los pongo por separado
Gracias
Respuesta
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Los denominados 'Gastos de Comunidad' se refieren a conceptos como, por ejemplo: limpieza interior de las zonas comunes del inmueble, mantenimiento y reparaciones, gastos de ascensor, retribución del conserje, repercusión del IBI, etc. El importe de dichos 'gastos' puede imputarse a la misma partida que el arrendamiento (partida (621)).
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