Embargo juzgado

Hola, mi empresa recibió un embargo del juzgado por un problema que tuvimos con un socio. Querría saber como puedo contabilizar el pago realizado por un cliente directamente a dicho juzgado y si está obligado uno u otro a enviarme algún documento que deje constancia de dicho ingreso. Muchas gracias.

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Lo que ha hecho el cliente es una consignación judicial.
Para cancelar el crédito con ese cliente es necesario que este aporte el documento acreditativo de la Caja General de Depósitos, y contablemente, se cancelaría la cuenta del cliente contra un crédito

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