Barandilla en Terraza

Quisiera obtener asesoramiento al respecto de un problema con una barandilla en una terraza de un ático.
El tema es el siguiente. En breve debo proceder a la escrituración de un ático que he comprado, sobre plano, hace ahora 2 años.
Mi sorpresa viene cuando, una vez terminada la edificación, observo que en la terraza grande (tiene 2 terrazas) me han colocado una barandilla, no en el muro que delimita la terraza, sino sobre el suelo de la propia terraza y a unos 50cm de separación del muro exterior de la terraza. De este modo, la superficie de la terraza queda inutilizada en 50cm en todo el perímetro, lo que supone perder cerca de 10m2 de terraza.
Tanto en los planos firmados y que forman parte del contrato, como en la maqueta de obra terminada expuesta en la oficina de ventas, no se observa ninguna barandilla.
En el contrato se especifica la superficie total del piso, la superficie útil de mismo y la superficie de ambas terrazas. Supongo, porque no lo he medido, que la superficie de la terraza será la que aparece en contrato, pero una vez puesta la barandilla, tal y donde hoy se encuentra, es imposible acceder a una parte de la terraza, la que quedaría desde la barandilla hasta el muro que delimita el fin de la terraza, y que como antes indicaba, es de aproximadamente 50cm - al tener la terraza forma circular, y tener esta limitación en todo el perímetro de la misma, resultan unos 10m2 aprox. A los que no puedo acceder y por tanto considero que la superficie de terraza queda disminuda respecto de la que aparece en contrato.
Pues bien, me dice la promotora que se acogen a un capitulo del contrato, donde se especifica que por razones técnicas, constructivas,... No recuerdo que más, puede haber variaciones en la edificación, siempre y cuando no se desvirtúe la finca
Yo entiendo qué, desde el momento que te quitan supercie útil, se está desvirtuando la finca.
Quisiera saber cuales son mis derechos a este respecto. Si conocéis algún caso similar y cual sería el modo de proceder y qué alegar.
La promotora es una gran empresa y querría saber si este hecho es fácilmente recurrible y ganable.
Dado que en 15 días debo escriturar.

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Por ley deberías tener de superficie útil la espeficicada en el contrato si te dan menos por lo que sea, te la deben abonar. No es problema tuyo que ellos no lo hayan previsto tu debes tener X.-m2 no X-2.-M2, niégate a escriturar, amenázales con daños y perjuicios, lleva el contrato a un abogado, y hazlo todo por escrito y guarda todos los papeles quetengas, pero siendo una gran empresa la cosa tanto se puede alargar, como se puede acortar si ellos quieren, pero la ley es lenta.
Ve una asociación del consumidor y ellos te informaran mejor que pasos seguir, y haz lo rapido
Gracias por tu ayuda-
Realmente, en lo que a la terraza se refiere, el contrato especifica una superficie de "x" metros en la terraza, pero no dice que sean "x" metros útiles - Ahora bien, desde el momento que ellos ponen la barandilla donde la ponen, yo no puedo acceder a una parte de la terraza, y eso hace que los metros de la misma disminuyan. Dónde está mi duda es en el concepto "útiles", puesto que en la terraza los metros cuadrados no se especifican como útiles, pero también entiendo que, a diferencia de un piso, donde hay pilares, tabiquería,... sí hay diferencia entre metros cuadrados construidos y metros cuadrados útiles, "supongo yo que, en una terraza, ¿todos los metros cuadrados se entienden como útiles"?
Podrías aclararme este tema -
Un saludo
Los metros útiles a contabilizar son la mitad de la superficie real de la terraza a temas de computo de superficie edificada para temas de normas urbanísticas y de edificación municipal, pero no importa, ya que si a ti te hablan de POR m2 de terraza te tienen que dar Xm2 de terraza reales, o sea que tienes que tienes Xm2 de terraza que puedas utilizar si no es se podría clasificar de estafa o engaño, a banda de lo que digan las normas urbanísticas.
  A veces una valla que recorta la superficie de terraza para no exceder lo que pide POR norma, y una vez que ha pasado el inspector le colocan la baranda definitiva donde se pacto, eso pasa también con las cubiertas encima de la ultima planta, donde muchas veces los ayuntamientos piden que sean comunitarias o no transitables y realmente lo que hacen las promotoras en venderlas a un particular, las escritura diferente que lo que pide el ayuntameniento y después de pasar inspección le hacen el acceso al vecino y cierran el acceso comunitario quedando de uso particular.
Lo que tienes que hacer es comprobar que los metros que te prometieron o pactastes son los mismos que los que escrituran y que tienes realmente, si no es así es pedirles que lo corrijan antes o después de la inspección ( si es un tema de normas urbanísticas.
Pues muchas gracias,
Veremos que me cuentan el día de la visita "oficial" a la vivienda - Hasta la fecha no he podido visitar la vivienda.
Un saludo

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