Conectar a un transformador cedido por resarcimiento

Soy un vecino de la provincia de Jaén, y resido en un bloque pequeño (8 propietarios), el cual todavía tiene la luz de obra puesto que por problemas económicos del contratista, no se ha podido realizar la conexión con la empresa instaladora y suministradora Sevillana-Endesa.
El problema es que nuestro contratista y otro próximo han realizado entre los dos los procedimientos para que las dos obras tengan luz (300 metros de zanja, tubos y cables, transformador eléctrico, y demás gastos). Pero el transformador ya se encuentra en la obra del otro contratista, y esta a punto de entrar en funcionamiento. Como nuestro contratista le debe bastante dinero al otro, este último ha cedido el transformador en resarcimiento a Sevillana-Endesa, por lo que la empresa suministradora dice que no podemos pedir la instalación de la luz aunque tengamos el certificado de instalación de baja tensión y la licencia de primera ocupación, hasta que no tengamos una autorización del contratista que ha hecho el contrato de cesión.
¿Esto es así? ¿Aún teniendo nosotros todos los documentos? ¿Hay alguna ley que hable de estas cesiones con resarcimiento? ¿No le interesa a Sevillana-Endesa cobrar la luz de 8 propietarios que no hacerlo?
Yo no encuentro explicación.

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No es que a la compañía suministradora no le convenga cobrar el suministro claro que le conviene, pero el procedimiento a seguir es ese, y prefieren perder unos cuantos euros de suministro y proceder legalmente el proceso, que saltárselo y daros y cobraros la luz de forma improcedente que posteriormnt pueda ocasionarle gastos derivados de daños o cualquier cosa, por eso, prefieren pedir todos los documentos y evitar responsabilidades que no le pertenecen, porque los enganches exos asta ahora no han sido realizados por ellos.
Muchas gracias,
pero eso no es lo que pregunto, el procedimiento de instalación se haría por supuesto como debe de ser, ademas la empresa no lo consentiría si no fuese así, lo que yo pregunto es porque un particular tiene que decir si se puede o no conectar otro cuando eso ya es de la empresa instaladora y suministradora. Por que a el ¿Le cuesta lo mismo hacer el contrato de cesión con resarcimiento que sin él? Supongo que no.
Supongo que el problema no persiste en la autorización o no del contratista vecino, ya que el transformador a pasado a manos de la compañía suministradora, pero esta necesitara porque aun no los tendrá, los documentos que autoricen conectar a más usuarios, en estos documentos se acredita la potencia máxima a suministrar y la compañía no los tendrá en su poder para esclarecer si os pued suministrar o no

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