Duda, luz dada de baja

Hola buenas, resulta que tengo un bajo que antes (hace sobre 2 años) era un comercio. Al cerrarse el establecimiento se dio de baja el suministro pero cuando vino el técnico a cortar la luz hablamos con el y le dijimos que queríamos usar la luz solo una vez al año, para la fiesta de fin de año. Nos dijo que no había problema, que nos lo dejaba enganchado, tomaba la lectura y cuando quisiéramos darlo de alta volvían a leer el contador y pagábamos lo que gastamos mientras lo teníamos dado de baja. Esto es así o nos pueden interponer algún tipo de multa? Gracias por la atención.

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Si lo tienes dado de baja no puedes usarlo, o te pondrán una sanción, debes darte de alta, pero para hacerlo te pedirán el boletín de la instalación eléctrica, ahora si te quieres arriesgar para un día en tu mano esta...

Aún no teniendo un enganche ilegal y queriendo pagar la potencia consumida en ese tiempo? A nosotros nos lo dejaron conectado, no hicimos ninguna cosa rara...

Ya, pero si lo disteis de baja para poder usar el servicio tenéis que hacer un alta nueva, con su papeleo, gastos etc, si no hacéis eso es a vistas de la compañía un uso fraudulento del servicio, el técnico que os dijo que podíais hacer eso os mintio.

Y sabes de cuanto suele ser la multa? porque aunque no la utilizáramos este año, llevábamos dos usándolo con esa finalidad así que algo el contador se habrá movido, aunque no creo que mucho... Muchas gracias

La multa va en función de la potencia contratada y te la ponen por un consumo estimado durante 12 meses, suelen ser en torno a unos 3000 euros, si lo habéis hecho 2 años podéis probar un tercero, solo os digo a lo que os arriesgais. La ultima decisión es vuestra.

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Siento decirte que el técnico al que haces referencia, o no se sabe explicar, o bien no tiene idea de lo que dice, te explico:

Si tienes un establecimiento y lo cierras por lo que sea y el local sigue siendo de tu titularidad, puedes dar de baja el suministro o no, según te convenga, eso si, si lo dejas activo, aunque no haya consumo, te llegará la factura bimensual de mínimos, impuestos asociados etc.

Por otro lado, si lo das de baja, el suministro se interrumpe y se resuelve el contrato, por tanto no te llegara ninguna factura porque no existe el suministro. Si después de darlo de baja necesitas volver a activarlo, deberás formalizar otro contrato con cualquier compañía comercializadora, Endesa, Iberdrola, Fenosa, etc.. Donde te pedirán tus datos, y un boletín de conformidad de la instalación de color Blanco, previo paso a activar el suministro y instalarte un nuevo contador, el problema es que para obtener este certificado (boletín blanco) la instalación debe cumplir con la legislación al respecto del año 2002, de lo contrario nadie te lo va a expender, porque el que lo haga se arriesga a una multa y un expediente de industria si algo va mal, o simplemente si industria hace una inspección aleatoria.

Así pues y para resumir, si das de baja un suministro, este no queda enganchado en ninguna parte, simplemente se desconecta de la red por medio de los fusibles de protección de tu instalación y se retira el contador.

Cuando lo vuelvas a activar, deberías aportar los documentos acreditativos de conformidad de tu instalación y pagar las tasas correspondientes.

Cualquier duda al respecto, estoy por aquí.

Feliz año.

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