Impugnación de convocatoria junta general comunidad

En primer lugar muchas gracias por dedicar su tiempo a resolver nuestras dudas, bueno voy al tema y son dos preguntas. Hace unas tres semanas se convocó junta general con unos puntos del oren del día. 1º lectura acta anterior, 2º balance cuentas, renovación de cargos (administrador, presidente y vicepresidente), ahora después de estas alturas aún no tenemos es acta, pero por defecto de forma según cuentan unos vecinos impugnaron la convocatoria solo presentando a la administradora un papel firmado ¿es valida legalmente esta impugnación? Y en esta junta salieron una junta directiva nueva que se voto por unanimidad, ¿su nombramiento es efectivo, pudiendo ejercer sus cargos desde el día siguiente a la junta?

Muchas gracias por todo y espero pronto sus consejos y respuestas.

1 respuesta

Respuesta

Para poder impugnar un acuerdo hay que hacerlo en base a lo que figure en el acta en virtud del art. 18 LPH

Para presentar en el juzgado la impugnación les van a requerir el acta.

Tendrán que tener en cuenta que lo que se impugnan son los acuerdos no las juntas ni las convocatorias.

Le agradezco mucho su tiempo para resolver las dudas, pero queda alguna pregunta sin respuesta y si esas impugnaciones se tienen que hacer vía juzgado con abogado y procurador

Saludos y muchas gracias

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