Mi administrador me engaño

Quisiera saber si se puede modificar el pago de una comunidad... Me explico..
En la primera Junta general ordinaria se presento un administrador en la cual se aprovo ser nuestro administrador y estuvimos detallando pues lo normal de la 1 junta.. Se hablo de si se pagaba todos por igual o por coeficiente y dijo que la diferencia era mínima de uno dos euros, bueno yo estuve en esa reunión y visto no visto por dos euros no discuto con nadie, a la próxima vez vino con el presupuesto del año era unos 13.700 euros, 43 por vivienda, 7 por garaje 2 por trastero 40 por local y 16 por oficina...
Yo tengo piso un 1.94% de garaje un 0.27% y trastero un 0.09 osea en total un 2.3% total del edificio yo no entiendo mucho de cuentas pero si eso se multiplica por el presupuesto general no me da lo que yo vengo pagando que son 52 euros mensuales..
Al par de años se lo comente algún vecino que no fue a la primera reunión porque me dijo que solo lo podría cambiar alguien que no asistiera en la primera reunión, y ese vecino su piso es igualito que el mio y lo convenció de nuevo que solo era un dos euros para arriba o para bajo y creo que no es así...
Yo me reuní con el administrador y me dijo lo mismo que no era nada, y le pregunte que porque no vino en la primera junta con las dos cuentas echas osea la de pagar todos iguales o la de coeficiente y me dijo que el presidente de aquel entonces le dijo de hacerla todos iguales,... Le dije que me la hiciera para ver la diferencia y me dijo que si yo le pagaría el trabajo ese...
Creo que ahí diferencia y notable porque todos menos dos pisos que ahí igual que el mio se sobre pasan el 3.5 y 4% de coificiente mientras yo no llego al 2.5%
Que me puedes decir al respecto, yo me siento engañado porque de dos euros como el decía nada de nada son más los que se paga por pagar todos iguales...

1 respuesta

Respuesta
1
Êl cálculo es bien fácil no tiene más que coger el presupuesto anual de la junta ordinaria aplicarle el porcentaje y dividirlo entre 12 meses, pero si uno tiene un 2.5% y otro un 4% la diferencia va a ser considerable.
Tampoco es cierto que solo lo pueda cambiar quien no estuvo en la junta, para realizar ese cambio debió ser aprobado por unanimidad en junta, deberá consultar el acta y se puede volver a cambiar otra vez por el mismo método unanimidad art. 17.1 LPH
Lo normal es que ese cambio no esté inscrito en el registro de la propiedad, en este caso también lo podrá cambiar cualquier vecino que haya adquirido o adquiera la propiedad con posterioridad al acuerdo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas