Cobro de comisiones

Tenemos las pruebas del cobro de comisiones por obras realizadas; las han cobrado tanto el presidente como el administrador (de forma reiterada, durante sucesivos años).

Quiero saber:

- Si es legal o no

- En caso de que no lo sea (que es lo que me parece más lógico), qué delito estarían haciendo cada uno de ellos (el presidente y el administrador). Quiero que me concreten el art. Y la ley exactamente.

Y también quiero saber qué penas estipula la ley (tanto económicas, como de otro tipo)

- Si es algo que es denunciable en Hacienda y en Inspección de Trabajo, o eso sólo lo pueden denunciar en el juzgado los particulares.

Finalmente digo, que tenemos prueba de algunos casos, pero de otros casos "lo sospechamos" y nos ayudaría que Hacienda y/o Trabajo investigase las cuentas privadas tanto del presidente como del administrador; ¿Puedo poner una denuncia en Hacienda/Trabajo para que investiguen sus cuentas y busquen nuevas posibles comisiones?

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Respuesta
1

Le paso copia del delito de corrupción entre particulares.

<a>http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/20120208-Delito-de-corrupcion-entre-particulares.html</a>

Por otro lado debe ser el fiscal o el juzgado el que haga la investigación si lo estima pertinente.

Por lo que me dice entiendo que su respuesta es: sí es ilegal, pero sólo es un delito de corrupción entre particulares (Es decir, que no afecta a lo público, y por tanto sólo se puede investigar en un juzgado).

Mi pregunta es: ¿no es también delito el tener ingresos superiores a los declarados a Hacienda - Trabajo (y más si éstos son de forma irregular, por comisiones)? ¿el tener estos ingresos extras y vivir por encima de las posibilidades que ofrece lo que se declara de sueldo, no puede ser investigado por Hacienda-Trabajo y no sólo por particulares en un juicio?

Muchas gracias

Delito es sólo lo que viene en el código penal y lo otro es administrativo. Decirle que la investigación la tiene que hacer hacienda y para ello hay que presentar denuncia ante este organismo. Por otro lado la investigación si procede la harán ellos y pedirán lo que les compense. Para orientarle a hacienda le cuesta mucho investigar a una persona, por lo que si no es una cosa que cante mucho no lo suelen hacer. Pero si si pueden poner la denuncia en hacienda (bueno es un chivatazo) y que ellos hagan lo que les compete.

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