¿Se puede poner moto y coche en una plaza de garaje?

Recientemente se ha abierto este debate en mi comunidad, y hay opiniones para todos los gustos. Me afecta pues soy el presidente de la comunidad y no se que decir al respecto y el Administrador tampoco lo tiene muy claro indicándome que unas fincas si y en otras no. He estado indagando y me surge la siguiente pregunta que aunque he visto que ya la han hecho, en ningún sitio se comenta nada la respecto de las licencias de apertura de los garajes en las que se establece un número máximo de vehículos para ese garaje, por lo que si se supera dicha capacidad (seria el caso de que un coche y una moto aparcasen en una plaza que no recoja en su escritura tal hecho) podrían llegar a cerrar el garaje. Mi pregunta por tanto es si estoy en lo cierto o no con este argumento, para impedir que una moto y un vehículo aparquen en la misma plaza en la que el titulo de constitución de la misma no indique nada la respecto, por muy grande que sea la plaza.

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Teóricamente podría iniciarse un expediente sancionador por incumplir las condiciones de la licencia, sin embargo es poco probable que realizaran una inspección y un procedimiento, y lo habitual es remitir cualquier tipo de disputa a los tribunales, y que sean estos los que determinen.

Imposible no, pero casi.

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Por lo poco que yo se, sería el primer garaje privado al que se le hace una inspección sin un motivo previo pero entiendo por lo que indica que si sería un argumento "legal" para indicar la imposibilidad de aparcar coche y moto en una plaza que no este habilitada para tal acto, aunque si el "infractor" se niega se tenga que terminar en los tribunales, para que un Juez dicte sentencia de "no hacer".

Mi intención es informar al resto de propietarios de las posibilidades que se tienen y de si ante las protestas del algunos vecinos, esos señores que realizan esas prácticas pueden hacerlo impunemente. Agradecería por tanto me indicase si realmente es un argumento legal o es algo que yo me estoy inventando.

Agradeciendo su colaboración reciba un cordial saludo,

Hay que distinguir entre la legalidad y la costumbre. El garaje tiene un proyecto que en su momento se presentó en el Ayuntamiento (donde puede encontrar copia del mismo). Dicho proyecto contempla todas las condiciones legales, las plazas, la seguridad, los elementos contra incendios, las salidas, etc. Cualquier modificación o alteración de dicho proyecto impide la legalidad del mismo. Tanto da que sea la supresión de un extintor, el uso inadecuado de una plaza, la alteración de la ventilación, etc, etc.

Por otra parte, la división horizontal de la finca determina las unidades registrales (garaje, viviendas, locales, etc) y su uso.

Por otro lado existe la costumbre del libre uso de las plazas, es decir, hacer uso de las mismas en función de las propias necesidades omitiendo la legalidad, tal es el caso de instalación de elementos accesorios en las plazas, ocupación de las mismas distintos a los legalmente determinados (coche y moto cuando solo es de coche) y un largo etcétera.

Algunas Comunidades aceptan dicha situación, y otras toman medidas en Junta de Propietarios estableciendo la prohibición expresa.

No es conveniente olvidar las consecuencias que un uso inadecuado de las plazas puede tener frente a un siniestro por parte de la compañía aseguradora, o por daños causados a terceros.

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