Administrador de Comunidad de Propietarios

Hola: Este año le toca a mi madre ser la Administradora de la Comunidad de Vecinos/Propietarios. Mi madre tiene 82 años y está en una Residencia con el grado máximo de Dependencia (grado: 3.2) En estos momentos, su piso se encuentra alquilado. Yo soy su única hija y vivo a 30 Km. De dicho domicilio.

Está claro, que mi madre es imposible que se haga cargo de la Administración, pero mi pregunta es la siguiente: Tengo yo obligación de hacerlo en su nombre? O debe de pasar al siguiente vecino?

Aclaro que la TITULAR de la vivienda es MI MADRE.

Muchísimas gracias, un saludo.

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Esto es muy habitual en las comunidades de vecinos, por ley todos los propietarios pueden ser presidentes salvo en casos extremos como una incapacidad, lo que usted debería es de haber presentado un documento en la reunión el la que la nombraron para que la eximieran del cargo, porque el mecanismo legal es ir al juzgado para que este dicte auto para que se sustituya por otra persona.

Con la información que nos brinda no sabemos como han trascurrido los hechos por lo que mi respuesta es que hable con la comunidad y explique la situación.

Otra manera de verlo que sucede en otros edificios es que todos están en la misma situación que usted y no por ello se excluye a nadie, una buena solución es que contraten a un profesional administrador de fincas y se despreocupen de estos temas y así la solidaridad vecinal y la convivencia irá mejor, puesto que la cabeza de turco será el administrador que para eso le pagan.

No ha contestado a mi pregunta;  Yo como hija, pero no propietaria de la vivienda, tengo obligación de sustituir a mi madre, y ejercer el cargo de Presidenta?

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