Derecho de acceso a cuarto centralizado de contadores de luz

EN FINCA DE PISOS Y LOCALES COMERCIALES (propiedad horizontal)
Deseo saber si me asiste derecho a acceder al cuarto centralizado de contadores de luz, desconozco la normativa y en algún foro dicen que no hay norma legal, como vecino entiendo que tengo derecho a consultar mi contador cuantas veces sea necesario para comprobar mis recibos sin tener que molestar al presidente para que me acompañe, ¿Estoy equivocado..?, ¿Puedo tener una llave del cuarto?

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Lo normal es que pueda tener una llave del cuarto de contadores, como bien dice no esta regulado, pero la ley de propiedad horizontal da autonomía de voluntad a las comunidades para que decidan imponer todas las normas que quieran siempre que hayan sido tratadas en junta y aprobadas con la mayoría necesaria en cada caso en virtud del ar. 6 LPH
El art. 3 LPH establece que los propietarios tienen un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes que podrá disponer libremente.
Dicho esto tendrá que ver si en algún acta se decidió que solo tuviera acceso el presidente y porqué. Si no es así debería solicitar que el presidente convoque junta para tratar el tema o si se niega hacerlo usted con el 25% de sus vecinos art. 16.1 LPH
En esa junta debe figurar el tema en el orden del día, si se lo solicita por escrito al presidente esta obligado a tratarlo en la siguiente junta pero tendría que esperar a que hubiese junta art. 16.2 LPH
Si la mayoria de sus vecinos presentes en junta deciden que cada uno tenga una llave nada podrá hacer el presidente.
La respuesta es a mi entera satisfacción y aportando camino para los distintos aspectos que pudieran darse sobre  la solución del tema.
Gracias
Pedro

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