Puede una persona externa, no comunera participar en una junta de vecinos

El presidente de la comunidad se trae a la junta a una abogada que siempre le defiende en todos sus Intervenciones. La abogada no es propietaria ni comunera. Esta contratada por la Junta para llevar asuntos de la Comunidad. La presencia de la abogada "intimida" a resto de comuneros durante la junta.

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Echar al presidente y se acabará con el problema. Cualquier persona puede ir a una junta siempre que represente a un propietario o bien esté invitado por la junta, en este caso está invitado directamente por la presidencia.

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