Reparto de la provisión de fondos
He comprado una vivienda en una comunidad con pisos de 3, 2 y 1 habitaciones. Cuando firmé la escritura de mi piso incluía un papel del administrador puesto por la inmobiliaria que nos efectuarían un cargo en concepto de provisión de fondos de 300 € por vivienda, 60 por garaje y 15 por trastero. Por lo visto las cantidades eran iguales para todos indistintamente del coeficiente de cada vivienda.
En una junta de presidentes, posterior a la 1ª junta extraordinaria de propietarios donde hubo quejas de vecinos por parecerles la cuota de provisión de fondos elevada (cuota que ellos habían firmado con la escritura), han decidido pagar la parte de la provisión de fondos que corresponde a la vivienda en función a la cuota de participación de cada inmueble, por lo que los pisos de 3 habitaciones como el mío pasamos a pagar de 300 € a 401,27 €.
Los inmuebles de 2 y 1 habitación ahora pagan menos de los 300 € pactados en principio. No quiero pensar que esta decisión se halla tomado porque la mayoría de los presidentes y vicepresidentes casualmente han adquiridos inmuebles de 2 habitaciones.
Mis preguntas son:
1.- ¿Para qué sirve la provisión de fondos? Y ¿de que forma es habitual o legal repartirla entre los propietarios?
2.- ¿Es lógico una provisión de fondos de más de 90.000 € (375 € por 242 viviendas)?
3.- ¿Pueden cambiar el criterio de reparto de esta forma, habiendo yo firmado pagar 300 €?
4.- ¿Qué pasa si me niego a pagar los 100 € de aumento de la cuota?
Gracias !!!