La comunidad está obligada a solucionarle el problema o bien aislando o bien arreglando el mecanismo de la puerta para que no haya ruido porque una de las obligaciones de la comunidad es la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
Puede hablar con el presidente y exponerle el tema para que lo arregle por las buenas advirtiendole de la obligación de la comunidad en arreglar el problema y que de no hacerlo se veria obligado a denunciar, con eso deberia valer.
Si no manden burofax al presidente exigiendo el arreglo está obligado a hacerlo en virtud del art. 10.1 LPH establezcan un plazo para el arreglo transcurrido el cual tomarán medidas legales contra la comunidad. Otra cosa es que el presidente tenga que reclamarlo por otro lado a la empresa pero es no es asunto suyo sino de quien lo contrató que no es usted sino la comunidad.
Si hacen caso omiso deberán denunciar, el juez obligara al arreglo y previsiblemente condenará en costas a la comunidad hable con su seguro para que le realice las gestiones si las tiene contratadas en póliza sino con un abogado.