¿Se puede aprobar una derrama extraordinaria para pagar deudas a proveedores?

La deuda a poveedores que mantiene la comunidad es debida a que hay ciertos propietarios que son morosos con la comunidad. En esta situación se puede aprobar una derrama extraordinaria para saldar la deuda a proveedores, y cual seria la cuantía máxima que tendría que abonar cada propietario respecto a la cuota mensual ordinaria

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Saldar las deudas de la Comunidad es una obligación ineludible y prioritaria. Se puede aprobar una derrama para ello y no existe una cantidad máxima admisible. No se puede aplicar el criterio de las 3 cuotas ordinarias para acogerse a la posibilidad de no pagar ya que esta opción se aplica en mejoras prescindibles.

Lo que por otra parte deberíais hacer es reclamar las cantidades adeudadas por los vecinos morosos, iniciando los procedimientos monitorios pertinentes.

Agradezco enormemente las aclaraciones dadas por el experto a las preguntas realizadas. Considero que las respuestas han sido convincentes y ajustadas a las preguntas. Repito, muchas gracias.

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