Perjuicio por sombra

Buenas tardes,
Te comento mi problema:
Quisiera saber si se puede entender como perjuicio un seto de plantas en el ático de mi edificio o un seto de brezo que refleje su sombra durante buena parte del día sobre mi terraza impidiéndome disfrutar del sol. He hablado con sus propietarios pero no tienen intención ni de quitarlo ni de cortarlo. Digo lo de perjuicio por si puede hacerse algo para que los quiten o corten para que no nos den sombra. He ojeado el articulo 7.1 de la Ley de propiedad horizontal y habla del perjuicio de elementos arquitectónicos, pero no se si un seto u otro elemento no constructivo puede considerarse como tal.
Las plantas de mi vecino se sitúan en su terraza a lo largo de todo el borde exterior superando en altura el muro perimetral o antepecho. Como su terraza está por encima de la mía ya que mi vivienda es un piso más bajo que la suya y las dos hacen forma de escalera (este es un ejemplo que encontré en internet con la forma de nuestras terrazas: http://www.iaph.es/im%C3%A1genes-patrimonio-cultural-andalucia/imagen.php?i=15411&a=2030&alt=2007&anc=3071&flv=no), durante buena parte del día sus plantas hacen sombra en mi terraza lo cual para mi es muy molesto porque me compré un piso con terraza y ahora casi no puedo disfrutar del sol en ella. Las terrazas son elementos comunes pero de uso privativo. En invierno no me molesta mucho porque aquí hace poco sol, pero uno está deseando que llegue el verano para disfrutar de la terraza que ha comprado, y ahora veo limitada la luz que llega a ella.
Un saludo.

2 Respuestas

Respuesta
1

Plantear una demanda de cesación/responsabilidad civil por esto se me antoja "arriesgado", sin embargo, se me ocurre que sus vecinos del ático no pueden modificar los elementos comunes de esa manera (ya que supongo que esas plantas pertenecen a un elemento que modifica la cubierta o la fachada de alguna manera, difícil responder desde aquí...

Respuesta
1

Difícil solución tiene el problema.

Para cualquier tipo de reclamación carece de legitimidad (es usuario de la terraza, no propietario), y la única opción viable que tiene es solicitar incluir en el orden del día de la próxima Junta de Propietarios que se establezca un régimen interno de uso de las terrazas que prohíba la instalación de setos.

Precisará ser debatida y que dicha propuesta sea aprobada.

---------------

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas