Obras en casa y ruido

Hace ya unas cuantas semanas que un vecino viene realizando obras los sábados desde las 8 a.m. Y también los domingos.
¿Cuál es el horario en fin de semana? ¿Los domingos se pueden realizar?

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Respuesta
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El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto
2414/1961, de 30 de noviembre (BOE núm. 292), desgraciadamente no contempló los ruidos molestos producidos por obras, por lo que sin saber en qué localidad se encuentra, no le puedo indicar si existe normativa de la Comunidad Autónoma u Ordenanza Municipal del municipio.
Como norma general adoptada por la mayoría de los municipios se prohíbe, entre las 22:00 y las 8:00 horas, la realización de obras, reparaciones, instalaciones, etc., cuando transmitan al interior de viviendas niveles de ruido superiores a 30 dB (decibelios).
Puede acudir al ayuntamiento de su localidad y solicitar allí la información sobre la Ordenanza Municipal del Ruido, si no existiera, que le faciliten la de la Comunidad Autónoma.
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Hola de nuevo y gracias.
Vivió en Bilbao
El art. 87.1 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente del Ayuntamiento de Bilbao (BOB de 10.06.2000), muy amplia, extensa y bien redactada, establece lo siguiente:
Período diurno: de 7 a 22 horas
http://www.bilbao.net/castella/mambiente/normativa/coma0000.pdf

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