Socorristas

Quisiera saber si ha cambiado la normativa sobre socorristas en la Comunidad de Madrid. El año pasado se estaba estudiando un borrador en el que se comtemplaba no tener socorristas en piscinas de comunidades de vecinos.

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Todavía no ha cambiado, sigue vigente la Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid de 28 de enero de 1999, que en su artículo 36 establece la obligatoriedad de un socorrista para piscinas con vaso que no supere los 500 metros cuadrados de lámina de agua.
Solamente están exentas de la obligatoriedad de socorrista, en virtud del artículo 4.2 de la mencionada ordenanza, las comunidades que cuenten con un máximo de 30 viviendas.
Es verdad que hay un borrador, en fase de alegaciones, que pretende reformar la citada ordenanza, pero creemos que para esta campaña no dará tiempo a que entre en vigor.
Esperamos haberle sido de utilidad.
Teléfono: 911.19.37.98. mail: [email protected]

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