¿Las terrazas debe mantenerlas la comunidad?

Somos una comunidad de 14 vecinos y 6 pisos son duplex con terraza (solarium). La terraza aparece en la escritura como parte del piso; solamente cada uno de los propietarios tenemos acceso. La cuestión es que han resultado goteras en uno de los duplex y no sabemos si esto lo debe arreglar el propietario del piso o la comunidad.

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La cuestión es si la terraza forma parte de sistema de cubiertas, por lo que dices puede ser, en este caso se trata de un elemento común, y lo que tenéis es un derecho de uso.
Dicho derecho de uso se vé limitado en tanto en cuento que no podéis hacer nada que dificulte la recogida de aguas y os obliga a realizar las operaciones de mantenimiento de limpieza de desagües, tampoco podéis hacer a vuestra cuenta obras de alteración de la cubierta o disponer elementos fijos o móviles que dificulten la recogida de las aguas.
Si habéis hecho todo correctamente la Comunidad de Propietarios no os debería culpar de las goteras y en consecuencias las tendría que reparar a su costa.
Jose, muchas gracias por tu clara y pronta respuesta. Solo comentarte, yo he ido a ver la terraza y algunas juntas de las baldosas tienen el cemento levantado además de un bordillo en mal estado, por donde lo más seguro, es por donde se cuela el agua cuando llueve o cuando riegan las plantas.
Por otra parte ellos tienen este problema desde agosto del año pasado, se ha intentado que vaya un perito, pero ellos están dando un poco de largas al asunto, sin embargo dicen que si hay mayores daños tendremos que pagarlos los de la comunidad.
¿Deben ellos hacer el mantenimiento de este suelo en primera instancia? Cómo podemos presionar para que, si es el caso, ¿se arregle lo antes posible?.
Nuevamente gracias.
El hecho de que haya juntas con el mortero levantado no afectaría a la estanqueidad, el hecho de que rieguen las plantas tampoco en principio.
La cuestión es si el deterioro es el natural por la edad y uso ordinario o ha habido mal uso por parte de los usufructuarios de la terraza, por ejemplo, poner tiestos de hormigónd e peso excesovo, además cortando el pasode las aguas, tener los desagües llenos de porquería y con hojas ...
Si los usufructuarios de las terrazas no han hecho todas esas maldades la comunidad resulta obligada al mantenimiento, por tratarse de la cubierta del edificio, como consecuencia hay que levantar el solado que pisan los usufructuarios y que lógicamente habrá de reponerse, su única obligación consiste en facilitaros el paso para realizar esas tareas de mantenimiento por parte de la Comunidad.

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