¿Un comunero puede recibir gratificación?

¿Un comunero de una vivienda puede presentarse voluntariamente para llevar las cuentas de la comunidad únicamente y percibir una gratificación aprobado por la junta de propietarios durante un año?

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Aunque en nuestra opinión no es recomendable, un propietario puede ejercer las labores de Adninistrador de la comunidad, para ello debería ser elegido en Junta de Propietarios por doble mayoría (mayoría de cuotas y de vecinos), en cuanto a la percepción de una cantidad monetaria, el tema es algo más complicado, se debería pagar con IVA y el vecino tendría que tributar a todos los efectos. También se podría estudiar rebajar los gastos comunitarios de dicho propietario en una determinada cantidad como compensación de sus servicios.
Pero repetimos que nuestro consejo es contratar un Administrador de fincas colegiado, que le resolverá todos los problemas de forma profesional y además la Comunidad estará cubierta por el Seguro de Responsabilidad Civil de dicho administrador.
Estamos a su disposición en:
FINURCAM, S.L..- c/ Serrano, 25.- 28001 MADRID.
Teléfono: 911.19.37.98
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