Colocación de ascensor, coste y subvención.

Colocación de ascensor en comunidad. En mi comunidad se quiere colocar un ascensor. Se da el caso de que además hay personas mayores de 70 años de las cuales una de ellas está enferma. Según marca la ley, llegamos a la mayoría simple para su instalación. Siendo el total de 12 vecinos de la comunidad, 9 han votado que sí a su instalación. También se cuenta con dos locales, a los cuales se les ha exonerado del pago, ya que no tienen paso por el portal de la comunidad. Legalmente todos los vecinos estarían obligados a pagar según nuestra cuota de participación, pero hay tres que se niegan al pago. Dado que la comunidad no desea llevar a cabo vía judicial, ¿podrían afrontar el gasto total de la instalación tan sólo los 9 vecinos que así lo desean si se recoge en el acta como acuerdo y negarles el uso a los disidentes?.
Por otro lado, ¿estarían obligados los disidentes a pagar los gastos que se generen para el correcto mantenimiento del ascensor si ellos no van a hacer uso del mismo?
Mi otra consulta se refiere a la concesión de subvenciones que la Comunidad de Madrid realiza por la instalación del ascensor. ¿Cómo se distribuye esta ayuda en la comunidad de vecinos para el caso que presento?, ¿Se hace un ingreso en la cuenta de la comunidad y se dividide según la cuota de participación entre los vecinos que han soportado el gasto de la instalación, o la subvención se efectúa de forma nominal y se concede a cada vecino en función de sus características específicas, según su declaración de renta?.

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La solución que proponen sería la instalación de un ascensor con llave de uso. La llave se daría exclusivamente a los vecinos que han pagado la instalación del ascensor. Igualmente los gastos generados por el uso y mantenimiento del ascensor sólo deberían abonarlos los usuarión del ascensor, es decir los 9 vecinos que lo han instalado.
El caso concreto de la comunidad de Madrid lo desconozco pero el funcionamiento de las subvenciones funciona mediante la presentación del proyecto técnico de instalación del ascensor y los presupuestos pertinentes de los industriales. Toda esta documentación lleva como titular a la comunidad de vecinos que es la que pagará las facturas de la instalación. Una vez aprobada la subvención, el ayuntamiento abonará a la comunidad de vecinos y en su cuenta, la cantidad establecida. Será la comunidad más tarde la que se encargue de repartir las diferentes cantidades ante los vecinos.
Muchísimas gracias por su aclaración.
Me gustaría consultarle también en relación al caso que he explicado algunos aspectos económicos en relación a los vecinos que están dispuestos a colocar el ascensor.
              Como ya expliqué se trata de 12 vecinos dentro de la comunidad. Si el ascensor tuviera un coste de unos 72.000 euros, y todos los vecinos estuvieran de acuerdo con su instalación, tendríamos que aportar cada vecino 6.000 euros. Pero como tan sólo 9 vecinos están dispuestos, entonces en este caso el gasto debería dividirse entre los 9, por lo que estos vecinos deberían abonar 8.000 euros cada uno.
             La solución de colocar llave de uso exclusivo para los vecinos que lo van a instalar también surgió en la reunión de vecinos que se mantuvo, a lo cual los 9 vecinos estaban de acuerdo. (Y si es una solución que se ofrece en otros edificios y que se ha permitido, tal y como usted informa, no debe dar lugar a ningún problema entre el resto). Bien, mi cuestión ahora se refiere al hecho de que de esos 9 vecinos, uno de ellos dice que él tan sólo está dispuesto a abonar la cantidad que legalmente le correspondería si todos fuéramos partícipes del coste (es decir, siendo los 12 vecinos), y así por tanto tan sólo él paga los 6.000 euros que legalmente le corresponde.
            Entonces mi planteamiento ahora es que esta decisión de dicho vecino va en perjuicio total del resto que sí estaban dispuestos a afrontar el gasto total, eximiendo a los 3 vecinos disidentes. Además de que ¿quién pagaría entonces los 2.000 euros restantes que dicho vecino no está dispuesto a pagar?. ¿Debería repartirse a pagar entre los 8 vecinos restantes?.
            No veo justo que un vecino que va a aportar 6.000 euros tenga el mismo derecho a usar un ascensor por el cual otro vecino va a aportar 8.000 euros o más (pues si se hiciera el reparto de los 2.000 euros restantes serían 8.250 euros a pagar por los 8 restantes). Yo opino que si a un vecino que no va a pagar nada, se le niega el derecho a usarlo a través de una llave para el ascensor, entonces a un vecino que paga menos habría que reducirle el número de días de uso al mes (evidentemente esto es imposible realizarlo). Y si él puede plantear pagar solamente lo que legalmente le corresponde, yo también estoy en mi derecho a sumarme entonces a eso y pagar sólo 6.000 euros, con los cual entonces también el resto de vecinos (ahora ya serían 7), deberían cargar con el pago de mis 2.000 restantes y de los 2.000 euros del vecino que comento. Por tanto, aquí mi beneficio sería en perjuicio del resto de vecinos, pero tampoco deseo que otro vecino se beneficie tan descaradamente a mi costa.
               ¿Cuál es su opinión al respecto?
Muchísimas gracias una vez más por su ayuda. Un saludo.
El caso que comentas es complicado y difícil de solucionar. Yo intentaría llevar la instalación adelante y más tarde arreglar los asuntos económicos. Ya sé que es complicado pero se tiene el peligro de que no instaléis nunca el ascensor por no poneros de acuerdo.
Como una posible solución, no sé si se podría reducir la parte proporcional de la subvención a este vecino de tal modo que la suma total de las cantidades entregadas y percibidas fuera la misma para todos los vecinos, pero eso se debería derimir en la reunión de la comunidad.
Me ha servido de gran ayuda la posible solución que me ha dado usted respecto a reducir la parte proporcional de subvención a dicho vecino. Dándole vueltas al cómo plantearlo de una forma que sea económicasmente equitativa, creo que lo más justo sería:
             Si el ascensor para la comunidad de 12 vecinos tiene un coste de 72000 euros y sólo 9 vecinos van a costearlo, si se hiciera un reparto por igual cada vecino pagaría 8000 euros. Pero como uno de estos nueve se acoge a su pago legal de sólo 6000 euros que sería lo que le correspondería si participaran la totalidad de los 12 vecinos, entonces el resto de los vecinos deberían repartirse esos 2000 euros también para pagar. De esta manera tendríamos: un vecino que aporta 6.000 euros, y siete vecinos que aporta cada uno 8.250 euros.
             Cuando la subvención se recibiera, suponiendo que fuera el 70 % de hasta 50000 euros, como viene expresado en la ley, entonces la comunidad recibiría como subvención 35000 euros. Pero para igualar las desigualdades generadas del pago inicial, de esta subvención debería abonarse a los vecinos que más pagaron, la cantidad de 2250 euros (cantidad de más que aportaron en relación al otro vecino). Y así por tanto todos habrían puesto la misma cantidad y todo ello (que ascendería a 15750 euros)debería restarse de la subvención, la cual quedaría por tanto reducida a 19250euros. Esta cantidad restante de la subvención sería la que sí debiera ahora repartirse por partes iguales entre los 9 vecinos. Con lo cual ahora sí que podríamos decir que cada uno puso y recibió exactamente lo mismo. Y nadie saldría perjudicado. Siempre y cuando el vecino que menos puso acepte este reparto y reducción de la cantidad que nos dan de la subvención.
Muchísimas gracias. Me han sido de muchísima ayuda sus aclaraciones. Un cordial saludo.
Espero que todo vaya bien y se resuelva correctamente.

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