Las baldosas de la fachada se nos caen...

Soy presidente de una comunidad. Hace poco que ha caído una baldosa de la fachada y casi le da a un niño. No es la primera que cae. El inmueble tiene 8 años. El promotor ha venido varias veces a reparar las baldosas caídas pero no conforme les he enviado un burofax a la empresa y al ayuntamiento advirtiendo del peligro inminente. He hablado con el constructor y me ha dicho que de momento va a vallar la zona de la fachada y que a final de agosto repará la fachada y que había pensado en poner una especie de ganchos y dar "vorada" a las juntas, puesto que estaban puestas según él con un cemento especial para losas de fachada y que le habían asegurado que con éste material podía prescindir de ganchos. Me dice que algo se verán los ganchos y que a lo mejor se desprenden porque al no poner vorada ha penetrado agua y hace que se desprendan.
  ¿Tenemos derecho a que quiten todas las losas y las pongan de manera correcta, o bien haciendo éste apaño ya podemos darnos por satisfechos?. En caso de que tuviéramos derecho a una reparación como dios manda y no se aviniese alegando que con el apaño es suficiente ¿a quién tendríamos que denunciar?, teniendo en cuenta que estamos en Cataluña. ¿Tendríamos posibilidades de que nos diesen la razón? Teniendo en cuenta que estamos en Cataluña.

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La responsabilidad es de arquitecto arquitecto técnico y constructora
legalmente solo son repsonsables durante los 2 primeros años de acabados superficiales
si se lo hace es porque es porque usted se lo manda, puede legalmente reclámale el precio del coste de dicha obra que ustedes están contratandole
¿Los aplacados de la fachada son acabados superficiales y sólo tienen 2 años de garantía?
  Me acaban de enviar un escrito desde el ayuntamiento en el cual me recuerdan un montón de leyes que dicen que es obligación de los propietarios mantener los edificios en un estado de solidez óptimo, etc., que han venido han realizado una inspección visual y me instan en un plazo de 48 horas a "sanear las baldosas" o a poner redes de protección y después realizar las obras necesarias. Ah, y también poner más vallas. También me amenazan de las posibles consecuencias de no hacer caso, sanciones, etc.
si, así es . no es estructural .
Efectivamente el ayuntamiento les puede denunciar si no lo hacen, o hacerlo ellos y cargárselo el coste a ustedes.
Ya, pero yo tenia entendido que hay 3 versiones de garantía:
1 año para defectos "estéticos"
3 años para defectos que afecten la habitabilidad, grietas, humedades,...
10 años para elementos estructurales o que amenacen ruina (¿caída de una losa de piedra de 40x60x1, 5 desde 3 mts de altura?).
  Ésta tarde he estado hablando con él constructor y me ha dicho que va ha empezar la rehabilitación éste miércoles. Y el edificio tiene 8 años. No creo que me lo arreglara sin pagar si no tuviera ninguna obligación legal.
He estado investigando un poco y a partir de 2005 rige lo siguiente:
Responsabilidades y garantías
- Responderán durante 10 años todos los agentes que intervienen en el proceso de la edificación por los defectos que resulten de vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio (pilares, fachada, muros de carga, soportes, vigas, etc). La garantía que se fija para ello es de carácter obligatorio y consiste en la realización de un SEGURO DECENAL (por 10 años) a tal efecto. Este seguro es obligatorio en toda promoción. Las entidades financieras cuando prestan dinero a un promotor le exigen también cumplir este requisito. El capital mínimo asegurado por este seguro será el 100% del coste total y final de la obra, incluyéndose los honorarios profesionales y su franquicia no podrá exceder del 1%
- Responderán durante 3 años los intervinientes en el proceso de edificación, por los daños materiales del edificio, causados por vicios o defectos que afecten a la habitabilidad (como humedades, no insonorización adecuada, levantamiento del suelo, etc.). A este efecto no se establece como obligatorio un seguro de daños materiales o de caución pero podrá establecerse como tal en Real Decreto.
- Responderá durante 1 año el constructor de los daños materiales derivados de la deficiente construcción. No es obligatorio un seguro pero podría serlo por Real Decreto. Este seguro podría ser sustituido por la retención por parte del promotor del 5% del coste total de la obra.
- Libro del edificio: el promotor deberá entregar la documentación completa de la obra ejecutada a los usuarios finales del mismo. En ese libro deberán incluirse:
· El proyecto de la obra y las modificaciones posteriores que se hayan aprobado.
· La relación de agentes que han participado en la edificación: constructor, promotor, arquitecto(s), etc.
· Instrucciones de mantenimiento y uso del edificio y sus instalaciones.
· Revisiones obligatorias o convenientes de las instalaciones, que debe cumplir el usuario.
Son importantes todas estas garantías, porque de esta manera se puede estar tranquilo al adquirir una vivienda. Especialmente porque las aseguradoras no se pueden permitir el asegurar a empresas sin solvencia, y para asegurarlas realizarán un estudio exhaustivo, también del proyecto de la obra, de las calidades y del acabado.
Asimismo, es importante saber al adquirir una vivienda nueva que los propietarios también tienen obligaciones: como conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento y recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra ejecutada y los seguros y garantías con que esta cuente a aquellos a los que se pueda vender con posterioridad la citada vivienda.
Usted mismo me da la razón,
"10 años para elementos estructurales o que amenacen ruina (¿caída de una losa de piedra de 40x60x1, 5 desde 3 mts de altura"
eso no es estructural . si va a juicio cualquier perito diría lo mismo
si lo arregla es porque el constructor quiere,
recuerde que los responsables solidarios son los tres, constructor, arquitecto y aparejador, porque solo va a frontar el importe el constructor?, deberían de pagarlo a medias los tres si legalmente fuese su responsabilidad...
Me remito a lo dicho, que buen constructor tiene, o que ignorante es que no sabe que no le corresponde a el afrontar ese gasto
un saludo

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