¿Gastos de comunidad o gastos privados?

Tengo un problema con la comunidad de propietarios que me quiere asignar unos gastos dichos privados que yo considero comunes. Compré un piso nuevo hace 5 años. Un año después la comunidad mando un perito para comprobar los defectos dentro de la comunidad. El administrador envío una simple nota a cada propietario para los que querían beneficiarse de esta prestación sin especificar las condiciones económicas o el reparto entre la parte de la comunidad y la parte privada. Llamé al administrador y me comentó que eran gastos de comunidad. Aproveche de esta prestación.
Quisiera destacar que nunca me llego el resultado del peritaje. Sin embargo pude leerlo dentro del informe global (comunidad y pisos) durante una reunión de vecinos. El informe me pareció muy superficial y considerando los rumores respecto al coste que se iba finalmente a asignar por la parte dicha privada (a menos 100 euros por propietario) envíe una reclamación al administrador. No me contesto pero el perito me llamo para quedar para otra visita. También me comento que el trataba con la comunidad y que el precio era un precio global que se había repartido entre los 15 propietarios que habían beneficiado de su prestación. También el perito me comento que faltaba la valoración de los defectos y que eso implicaba otros gastos antes de presentar la demanda. Le conteste que por mi parte no quería seguir más adelante.
Quisiera destacar que unos meses después de que el perito pasara a mi piso se apunto en un acta de junta general que los propietarios que querían beneficiarse del perito enviaran un fax al administrador para incluirlos en la demanda general de la comunidad. Por supuesto nunca di mi consentimiento.
2 años después, el administrador afirmo durante una junta general, que no se podía asignar gastos privados para esta prestación.
Sin embargo hace 1 año se cambio de administrador y durante una junta se voto con el nuevo administrador asignar a los propietarios los gastos dichos privados incluyendo no solo el peritaje de los pisos sino también los gastos de abogados que se había generado desde el inicio. Para mi sorpresa se había incluido mi piso dentro de la demanda de la comunidad.
¿Mi pregunta es como tengo que actuar si la comunidad me factura gastos de perito y de abogado?

1 respuesta

Respuesta
El tema de cuales son los elementos comunes y privativos, está meridianamente claro en toda la Jurisprudencia de la Ley de la Propiedad Horizontal.
SON PRIVATIVOS: En términos generales, aquellos que solamente puede usar ud.
SON COMUNES: Todos los demás, que puede usarlo cualquier Propietario.
Por lo que me explica, se puede dar la ciscunstancia de que viniesen a arreglar elementos comunes y se le diera la oportunidad, a los propietarios, de que una vez que estuviesen los técnicos en la Comunidad se aprovechase para reparar elementos privativos, siendo los gastos, de estos últimos, soportados por cada propietario individualmente.
Gracias por su respuesta. Quisiera destacar que se trataba solo de la visita de un perito, No se hizo ningún arreglo (aunque supongo que el resultado es el mismo).
Sin embargo, me extraña que la comunidad no tenga la obligación de avisar a los propietarios con antelación de las condiciones económicas. Para mi hay engaño ya que no hubiera aceptado la visita de un perito si hubiera sabido que eran gastos privados y ademas que se me iba a costar 100 euros
¿Se puede votar en junta general la asignación de gastos pagados por la comunidad y repartido a cada propietario hace 3 años? ¿Y si es tan evidente el reparto entre gastos privados y comunes porque se tiene que votar?
Cuanto a los gastos de abogados no entiendo como la comunidad me puede facturar unos gastos de abogados cuando nunca di mi consentimiento para incluirme en la demanda general. No puede actuar en mi nombre sin mi consentimiento a este nivel, ¿No?
En las Junta Generales, se suelen abordar, solamente, los asuntos que afectan a la Comunidad, salvo que tengan algo que ver entre Comunidad y Propietario/s, por lo que, verdaderamente, no entiendo bien sus argumentos.
Parece ser que que ha habido un pleito, y si como dice, hay que pagar gastos de abogados es porque el pleito se ha perdido (normalmente condena el Juez a pagar las costas a la parte perdedora).
Por otra parte me habla de unos gastos, supuestamente, privativos, pero no me especifica cuales son.
Si mira en su escritura, le dirá cuales son los Gastos Comunes y a estos habrá que añadirles el Seguro del Edificio (Comunidad) y los Honorarios del Administrador.
Aquí se trata de entender un problema con un administrador y presidentes que no supieron gestionar correctamente temas de comunidad. Las cosas no son todas blancas o negras desafortunadamente en este caso... Sin embargo le agradezco por el tiempo pasado sobre este tema

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