Poner el TDT en la comunidad

Hemos tenido la reunión de comunidad para adaptar la instalación de la antena para todo el tema del TDT. La cuestión es que nos han dicho en la reunión que es obligatoria para todos los vecinos y algunos que tenemos televisión por cable y por tanto tenemos ya TDT no queríamos pagar por poner la antena.
Hemos buscado y el artículo 17 punto 2 de la ley de propiedad horizontal creemos que queda claro que no nos pueden obligar, pero ¿realmente pueden hacerlo? ¿Hasta dónde nos pueden obligar? Nosotros no nos negamos a que se ponga simplemente no queremos colaborar económicamente. Por supuesto tampoco queremos que nos hagan la instalación en nuestras casas. Pensamos que es algo así como cuando se puso el gas ciudad, que el quería lo ponía y el que no pues pasaba la tubería por su ventana pero no entraba en su casa.
Otra cuestión referente a esto. Nos dijeron en la misma reunión que los bajos no entraban porque no tenían instalación de televisión, es decir uno es un almacén-trastero de un constructor, otro un garaje y otro está cerrado. ¿Se puede exigir que también entren? O por no tener un uso público (de momento) no tienen porque pagar.
Espero tu contestación lo antes posible porque nos va a llamar de nuevo la administradora y queremos saber si podemos replantear el tema o aceptar lo que digan los demás.

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Pues sinceramente e este caso no estoy de eacuerdo con uds., ya lo siento.
La ley de telecomunicaciones deja bien claro que hay que poner la instalación comunitaria, hasta ahí de acuerdo ambos; pero ud. dice que no la va a usar. Pregunto, ¿cómo sabe la comunidad que eso va a ser así cuando en su casa no le tienen que hacer nada? No es como el gas que lo dejan hasta la ventana y uno debe hacer obra para usarlo; en este caso ud. no debe hacer nada pues va a seguir llegándole la señal por la toma de antena que, aunque no use, supongo tiene en su vivienda. El tema del adaptador de la tv. es al margen. No considero que sea una mejora sino que es una obra de necesidad pues sino, no hay tele de ninguna manera.
Con respecto a los bajos, tal cual lo plantea no deben cotribuir pero siempre habrá que estar a lo que digan los estatutos; por ejemplo, si uno de los locales aunque esté cerrado, ha sido un bar con toma de tv., debe contribuir.

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