¿Cómo pagar una derrama en mayor plazo?

Mi comunidad ha decidido realizar unarreglo ala fachada y portal de mi edificio, a pesar de haber quedado pendiente de una junta la decisión exacta de que cantidad sería la derrama y tras haber votado que no se haría una subida en la cuota (la cual ya es de 100euros), se ha recibido una carte en la cual se comunica que la derrama es de más de 6.000 euros y que tres vecinos, encargados de pedir presupuesto y mirar ciertos asuntos, han tomado la decisión de a partir del mes de noviembre pasarnos una cuote de más de 500 euros para ir abonando la derrama. Mi problema es que a parte de que estos acontecimientos creo que no son correctos y que el asesor que nos lleva el tema no ha dado explicaciones, es que mi situación económica es muy mala, estoy en una regulación de empleo y cobrando paro más de 6 meses, además con los gastos de mi propia hipoteca y crédito personal que tengo a ya el fuerte recibo de 100 euros de comunidad, me es imposible dar ese dinero, yo no me niego al arreglo pero necesito encontraer la manera de adaptar los pagos a mi precaria situación económica, ya que para pagar esas cantidades debería dejar de pagar mi hipoteca y no estoy en posibilidades de pedir más prestamos para un tema comunitario.
Por favor he oído que hay alguna manera de pagarlo en el tiempo adecuado a la situación económica personal, ¿dónde debería acudir? ¿A la cámara de la propiede de bilbao? ¿Al propio Gobierno Vasco en el tema de vivienda?

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1º. A no ser que en junta se haya otorgado poder a una comisión de copropietarios para decidir las derramas, la carta enviada no le obliga por el momento a nada.
2º. Para el momento en que se haga todo bien, es decir, se convoque Junta, se presente presupuesrto y se apruebe uno, donde decidan las aportaciones de cada uno. Exija que vayan en recibos diferenciados la comunidad o cuota ordinaria, a la que está obligado a realizar como esté establecido en su comunidad, mensual, bimensual, etc y por otro lado la cuota extraordinaria; ésta es diferente e independiente a la primera pues va específicamente para una acción real y concreta a desarrollar en un momento determinado; es decir, ud. estará en situación de mora en el momento en que la comunidad tenga que hacer frente al pago para lo que se ha aprobado la derrama, pero no antes.
"las derramas para el pago de reformas realizadas o por realizar serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras"
Aunque la Junta pueda establecer una forma de pago de dichas derramas, civilmente ud. no incurrirá en deuda hasta que realmente se necesite su dinero.
Muchas gracias por su aclaración, asumo que para realizar el pago de mi parte en cuotas más pequeñas o en un plazo más largo deberé llegar a un acuerdo con la junta y que no hay nada más que pueda hacer, pero en el caso de que no pudiera afrontar esta pago tpc podrán tomar medidas hasta la fecha que necesiten el dinero, lo que no entiendo es qno exista una forma legal de poder resguardarnos las personas que casi no tenemos dinero para sobrevivir y debamos abonar si los vecinos no ceden un dinero que no tenemos`para una obra comunitaria.
Muchas gracias
Desgraciadamente así está montada la vida; solo en caso de que fueran obras de no necesidad podría poner trabas para realizar la obra pero para la fachada... Lo que si puede controlar es que´clase de arreglo se pretende, es decir, no es lo mismo arreglar una fachada porque tiene humedades, condensaciones, se está desprendiendo, etc que porque han decidido que queda más bonita en baldosa cerámica de la preysler por ejmeplo; lo mismo para el portal, controle este tema con los presupuestos que presenten porque aveces suele ocurrir que "ya que nos ponemos a arreglar, aprovechemos para poner mármol travertini y espejos de cristal de emurano con alfombras persas" En estos casos puede negarse con toda slas de la ley.
Le deseo que pueda hacer frente a las derramas sin problema porque eso significará que se le están solucionando todas sus dificultades.
Ruego cierre y puntúe.
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