Consulta legal sobre instalación de pérgola por parte de los vecinos sin el permiso de la comunidad

Vivo en un primero y mis vecinos del bajo han puesto en su jardín, sin pedir permiso, una pérgola de madera cuyo tejado esta justo a 1 metro de mis ventanas, quiere decir que es muy fácil poder entrar en mi casa. En dos reuniones de vecinos se les ha dicho que tiene que quitarla y poner, si quieren un toldo. Lo que han hecho es forrar el tejado con tela de toldo. He llamado infinidad de veces al administrador y me da largas y se nota que no me hace caso. Por favor no se que hacer, al ser yo la única perjudicada todo el mundo se lava las manos y yo sigo con miedo en mi casa. ¿Qué puedo hacer?, ¿Cómo puedo denunciar y donde? Esto empezó hace un año y nadie me hace caso.
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Completamente de acuerdo, en los comentarios que ponen por arriba Carmen. El hecho de que te parezca que a través de la pérgola van a entrar a tu casa, es sólo una apreciación suya.

Actualmente los ladrones lo tienen más fácil para entrar por la puerta principal que por una ventana... y de todas formas, creo que antes entrarían a la casa de este vecino que a la suya.

Antes de meterse en lios y gastos de abogados y demás, me informaría bien.

En mi caso para que mi vecino del 2do no tenga sus mismos miedos, si instalo una pérgola en mi terraza no la anclaré a la fachada.

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Lo que debes hacer es por medio de carta o burofax requerir para que quiten el toldo por ser una modificación de los elementos comunes de la comunidad y en caso que no procedan al cambio solo queda la vía judicial, deberás instar un procedimiento para que procedan a retirar la pergola.
Gracias . En el mes de febrero mande un burofax y nada de nada. ¿Me puede decir donde tengo que acudir para poner una denuncia?
Una denuncia te la van a archivar por que no es un delito ni falta, lo que tienes que hacer es buscar un abogado y que inste una demanda civil por conculcar la ley de propiedad horizontal, solicitando que se proceda a la retirada de la pérgola pero si pones una denuncia la van a archivar por no ser constitutivo de ilícito penal.
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No existe caso si no existe delito. En este caso, una pérgola es un elemento móvil y que el vecino puede poner en la terraza de su vivienda, salvo que se diga lo contrario en los reglamentos de régimen interno de la Comunidad.
El hecho de que a vd., le parezca que pueda facilitar el robo de su vivienda, es una apreciación no fundamentada. Cualquier elemento, una reja en una ventana, supuestamente puesta para proteger, puede favorecer el acceso a pisos superiores y no por ello hay que quitar esas rejas. Por tanto, la función primordial del cenador o pérgola no es facilitar accesos no autorizados a casas ajenas sino proporcionar sombra y cobijo en una terraza abierta.
Mientras la pérgola no esté cerrada por sus lados, no a lugar demanda ni protesta.
Si sufre un robo y se demuestra que el acceso se ha visto facilitado por la pérgola tendría la posibilidad de exigir responsabilidades pues habría un motivo fundado, mientras esos no ocurra es perfectamente legal.
Le comento que la pérgola que ha puesto mi vecino no es móvil, esta fijada a la fachada del edificio. En el reglamento de la comunidad dice que no se puede instalar nada que modifique el edificio. Se le ha dicho en dos reuniopnes de vecinos que lo tiene que quitar. El jardín donde se ha instalado la pérgola esta dentro de las zonas comunes, el solo lo tiene en uso y disfrute, como todos los bajos, no puede poner lo que quiera.
   Gracias
Estimada/o chbb
La pérgola cuenta con una fijación mecánica que puede ser levantada y vuelta a su situación original de partida. No modifica elementos estructurales del edificio y por tanto no está sujeta a intervención de la comunidad por cuanto no pasa de ser un elemento móvil por definición (he visto juicios en Cercedilla - Madrid, por un caso similar y ganó el juicio el propietario de la pérgola).
Por otro lado, habría que comprobar si efectivamente como vd., dice la persona en cuestión ha utilizado un elemento común del edificio de una forma no permitida, habría que estudiar si efectivamente ese jardín forma parte de los elementos comunes o simplemente es una interpretación.
El uso y disfrute de un elemento implica la posibilidad de realizar en él acciones que no modifiquen permanentemente la fachada del edificio y que no modifiquen las estructuras del mismo. En este caso, la comunidad puede estar deseando que el vecino quite la pérgola pero este vecino puede oponer resistencia.
Yo lo pondría en manos de un jurista antes de hacer nada, que interprete bien todos los parámetros, no sea que al final la Comunidad deba no sólo de permitir la pérgola sino encontrarse inmersa en un juicio debiendo pagar daños y perjuicios además de las costas.
La ley de la propiedad horizontal es de compleja interpretación y por tanto, antes de actuar requiere de estudio.
Gracias, es usted muy amable, tendré muy encuenta sus consejos y actuare según me indica.
      Saludos
       Carmen

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