Señal de compraventa rescindida

Hola, me gustaría hacerles una consulta. Un amigo mío vendió su piso a través de una inmobiliaria, los compradores dieron una señal en concepto de reserva y posteriormente se iba a celebrar el contrato privado de arras o compraventa. Sim embargo los compradores dijeron a la inmobiliaria que no compraban el piso y ésta se lo comunicó a mi amigo (y llegada la fecha de la firma del contrato pues lógicamente no se hizo). Ahora a mi amigo le han surgido otros compradores y éstos ya le han dado una señal y van a hacer el contrato en breve . Mi consulta es la siguiente: con la sola negativa de los primeros compradores es suficiente para que el piso quede libre y pueda venderse a otros o hay alguna ley que establezca un plazo para que los primeros cambien de opinión o de darles una segunda oportunidad. Gracias

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El plazo al que hace referencia debiera de estar expresado en el documento de la compra-venta, el pre-contrato o el documento de reserva en el que se expresa el momento en que por no producirse la compra definitiva del inmueble el comprador pierde la señal entregada a cuenta.
Por tanto, en el momento en que se incumple el plazo el vendedor es libre de buscar a un nuevo comprador.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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