¿Pasa la ITV sin los antiniebla?

El 1 de abril me tiraron de la ITV por un antiniebla de mi Mazda Pramacy que sí funciona pero no lleva cristal. "Falta grave". Bien, el faro original Mazda cuesta más de 250 euros, no-name 56euros, pero esta agotado hasta no se sabe cuando.
Al sellar los papeles en la ITV me dijeron que SIN antiniebla sí que hubiera pasado, porque los de adelante no son obligatorios: que los desmonte y vuelva a pasar. (Resaltando que es una "trampa" para facilitar las cosas). ¿Es verdad? ¿Lo puedo hacer? Quiero ir mañana a presentarlo para tener coche en Semana Santa.

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Los cristales de los faros regulan el haz de la lámpara y es lógico tipificarlo como "defecto de estado que afecta a su función" que se califica como grave. Si lo quitas, porque como bien dices son optativos los delanteros sólo te pueden poner como falta que "no funciona una luz delantera siendo opcional" (si es que sabe el inspector que están incluidas de serie) que es defecto leve lo que supone que te den un informe favorable aunque el defecto constará en el mismo.
Te recuerdo que son opcionales dos antinieblas delanteros, es decir, o llevas dos o ninguno, si quitas sólo uno te pueden calificar el defecto como "número no reglamentario" que es igualmente grave...
Muchas gracias por responder tan rapido.
Muy lógico el comentario sobre la necesidad del cristal (no tenia ni idea del "por qué", pero ahora por lo menos tiene sentido el criterio de desfavorable sobre una condición que es opcional). A primera hora me voy tranquila a la ITV, he desmontado los dos antiniebla hasta cuando venga el repuesto no-name.
Muchas gracias, feliz Semana Santa
Ledesma

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