Desahucio de un local comercial por impago
El inquilino, que produce el impago, y solo una vez que se ha comunicado, fecha de vista y fecha de lanzamiento, ha devuelto las llaves en el juzgado que lleva la instrucción.
Las preguntas son; ¿Se puede o debe celebrar la vista?, ¿El echo de que no se celebre, impide reclamar las costas?
Las preguntas son; ¿Se puede o debe celebrar la vista?, ¿El echo de que no se celebre, impide reclamar las costas?
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Respuesta de Manuel Pregal
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