Dudas acerca del alquiler de mi vivienda

Hola Lopezcollado :)

disculpa la molestia, espero que puedas ayudarme.

Estoy considerando la opción de alquilar un piso que tengo para relajarme un poco de mi situación económica pero tengo muchas dudas con respecto al tema del alquiler. Espero que puedas orientarme porque soy nuevo totalmente en todo esto. Me gustaría saber si podría alquilar el piso sin tener que declararlo, es decir, me interesa que no se sepa que lo alquilo pero, me asusta el hecho de que, al no declararlo, pueda llegar a tener problemas con la(s) persona(s) a quien se lo alquile (una de las principales razones por las que te pido ayuda, es el "miedo" que me han hecho sentir familiares y amigos con que: "debes tener cuidado, puede que esa persona después te lo ocupe y no quiera irse..." en fin, han conseguido que me asuste un poco con todo esto). Por ello, no sé exactamente cómo iría todo el trámite. Por ejemplo, debido a esa preferencia de que no sea público ¿necesitaría de la labor de un abogado para asegurarme de que esa persona sea legal y me lo deje intacto una vez finalizado el periodo? Es esa principalmente mi duda, cómo conseguir que dicha persona cumpla con lo que le pida y que, obviamente, el alquiler de la vivienda no me ponga en un aprieto. También, me han comentado que lo haga por medio de una inmobiliaria pero no me hace gracia la idea de que se lleven un porcentaje del alquiler...

Como ves, estoy bastante perdido, a ver si puedes orientarme un poco, por favor.

Muchas gracias por tu tiempo.

Un saludo! :)

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Cuando se alquila una vivienda hay que declarar los ingresos a hacienda, cuando se haga la declaración anual, y depositar una mensualidad en la Cámara de la Propiedad Urbana.

Podría tener problemas si no cumple con estos dos requisitos, por lo que es altamente recomendable que lo haga.

En cuanto a la seguridad de que el inquilino cumpla, no la tendrá nunca porque usted no sabe de antemano que clase de inquilino es hasta que lo demuestre, sin embargo hay ciertas medidas de precaución que puede tomar en previsión de problemas:

- Exigir al inquilino que la muestre las ultimas hojas de salario para acreditar su solvencia.

- Exigirle un avalista que responda por él y que tenga bienes que sean susceptibles de embargo para reforzar la solvencia del inquilino.

- Pedir 2 meses de depósito, uno para el deposito de la Cámara de la Propiedad y otro como fianza por si al marcharse tiene que reparar desperfectos en la vivienda.

De este modo, si la relación contractual no acabara bien, ya sea porque el inquilino no le paga la renta o porque al marcharse ha dejado la vivienda necesitada de reparaciones, podría recuperar el importe de los daños judicialmente, con la seguridad de que tendría de donde cobrar.

El mes de deposito de la Cámara de la Propiedad Urbana se devuelve una vez finalizado el arrendamiento y se entrega al arrendatario junto con el mes de deposito que tiene usted.

Aunque no pueda saber de antemano cual será el comportamiento del futuro inquilino, si puede tomar las medidas necesarias para resarcirse de posibles perjuicios que le pueda causar.

Alquilar a través de inmobiliaria no es ninguna garantía ni la inmobiliaria se hará cargo de ningún problema, pero si podrá alquilar la vivienda más rápidamente. Por lo general las inmobiliarias no cobran un porcentaje sobre el alquiler, sino una mensualidad y su gestión se limita a alquilar el piso, sin otra responsabilidad.

www.lopezcollado.es

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