Derecho tanteo y retracto

Hola, tengo una duda relacionada con los derechos de adquisición preferente.

Vivo en un piso alquilado y quisiera saber cómo actuar en caso de que el
arrendador venda el piso y no se me comunique previamente (tanteo), ni
tampoco se me comunicara una vez vendido el piso (retracto). Sería un
supuesto en el que ni siquiera el nuevo adquiriente me comunicara que ha
comprado el piso. Pongamos dos casos:
1) El nuevo adquiriente sólo me comunica el nuevo número de cuenta para
ingresar la renta mes a mes y no me informa de ningún dato de la compra.
¿Cómo ejercer mi derecho al retracto?.


2) Aunque parezca imposible que pueda suceder, conociendo la difícil
situación y la cara dura del mafioso arrendador actual, le planteo la
situación ficticia que considero sería la más negativa para mí: Que
vendiera el piso sin comunicar al nuevo adquiriente que existe un
arrendatario (yo); que casualmente el nuevo adquiriente comprara el piso
sin querer verlo, y que el arrendador que tengo actualmente quisiera
seguir beneficiándose de la renta de un piso que ya no es suyo. Contando
con que el contrato no está inscrito en el registro (es de septiembre
2012) pues no era obligatorio, y que de este modo ese supuesto comprador
al no estar mi contrato en el registro no se enterara de que el piso
está actualmente arrendado... ¿Cómo ejercer mi derecho al retracto en
este caso tan rebuscado en el que ninguna de las partes me comunica la
venta?


Muchas gracias

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En ambos casos la respuesta es la misma. Deberá solicitar una nota simple sobre la vivienda al Registro de la Propiedad. En el citado documento constará la fecha de la venta, las partes intervinientes, el precio, etc..

Con esa información podría hacer uso de su derecho de retracto.

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