Extinción contrato por no poder empadronarse

Además de las cosas rotas y la suciedad, no he podido empadronarme.
Parece que el piso, en el ayuntamiento, no está a nombre de la persona que aparece en el contrato.
El piso está a nombre del marido y en el contrato aparece la mujer (deben de estar en régimen de gananciales).
El ayuntamiento no me ha dejado empadronarme por este hecho.
Ayer, meditando sus respuestas, me vino a la cabeza esto.
La inmobiliaria comento que el marido y la mujer tenían que pasar por el ayuntamiento pero la realidad es que aún a día 12 sigo sin poder empadronarme.
Mis preguntas son:
1. ¿Podría haber algún tipo de forma de librarme del contrato sin tener que pagar indemnización por el hecho de darse actualmente el caso de que el propietario que figura en el ayuntamiento sea el marido cuando en el contrato aparece la mujer (aunque estuviesen en régimen de gananciales)? Ya sea por ser ilegal o porque se trate de algún defecto de forma.
2. ¿Podría exigir legalmente algún tipo de indemnización por no haberme podido empadronar?

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Respondiendo a sus preguntas:
1.- Un contrato solamente se puede cancelar de acuerdo entre las partes o por mandato judicial. Por muchas vueltas que le de, no hay ninguna "causa razonable" ni "motivo legal" ni "de fuerza mayor" que anule un contrato automáticamente. O se ponen de acuerdo Ustedes y lo cancelan, o lo llevan al tribunal.
2.- Por cuanto al Ayuntamiento: si efectivamente es "imposible" empadronarse u obtener cualquier beneficio social por alguna irregularidad del propietario, puede presentar una demanda por el perjuicio ocasionado.
Respecto al empadronamiento, tal vez con una nota simple del registro (en donde aparece la titularidad del piso -probablemente en gananciales-) se pueda aclarar el asunto.
Suerte.

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