Soy propietaria de un piso

Tengo alquiladas las 2 habitaciones que tiene mi piso. El problema es que hace unos días a una de las 2 personas que estaban en la casa le dije que tenia que irse, porque no solo no me estaba pagando, sino que se estaba quedando con el dinero de los gastos que el compañero le iba pagando con normalidad, así como el dinero de la plaza de garaje que también tengo alquilada. He de decir que esta persona era amiga mía y yo tenia en ella depositada toda la confianza del mundo.
La pregunta es la siguiente, no he recibido dinero en concepto de rentas ni gastos desde que hemos echo el contrato, ¿tengo qué declararlo igualmente?
Muchas gracias de antemano.

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Efectivamente Usted tiene que declarar "todos los recibos que emite", independientemente de que los cobre o no.
En el futuro podrá declarar el saldo como "incobrable" (teniendo en la mano la correspondiente sentencia judicial o el reconocimiento de deuda por parte del inquilino).
Suerte.
La aclaración es que no he emitido ningún recibo, en vista de que esta persona no pagaba yo no le he hecho recibo alguno ni factura ni nada... creo que es así como funciona, no... ellos pagan a la par que yo les hago un recibí, es este caso no hay ingreso ni recibí...
Gracias nuevamente
Puede enfocar la cosa desde dos puntos de vista:
1.- Reclamar la deuda al moroso: para ello deberá "emitir" el recibo/factura correspondiente y reclamarla en un juzgado como impagada. En su IRPF debe declarar estos recibos (aunque no los haya cobrado), ya que técnicamente aún son "cobrables" (hasta que el Juzgado diga otra cosa).
2.- Olvidarse de la deuda: si no hay documento de deuda (factura/recibo impagado) tampoco hay deuda.
En resumen: si no emite los justificantes no hay prueba de la deuda.
Suerte.

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