Impago alquiler

Buenas tardes,
Mi cuestión es la siguiente: Estoy en vías de alquilar mi vivienda, me han asesorado desde una aseguradora, que el mejor contrato de alquiler ahora mismo es de 1 año (y no el de once meses como yo pensaba), ya que con el anual, en caso de impago se podría ir al desahucio directamente. Suponiendo que esto sea correcto, ¿cuánto tiempo como máximo supondría este desahucio desde la fecha de demanda? Y por último, en caso de ser jubilado y tener una pensión, ¿podría declararse insolvente?
Gracias de antemano

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Para demandar el desahucio da igual la duración inicial pactada del contrato. Exactamente igual.
Al primer impago ya se puede demandar sea cual sea la duración del contrato.
Si es un jubilado "y cobra la pensión mínima" el juez y sólo el juez podría declararle insolvente.
Si su pensión está por encima del "mínimo inembargable" (unos 700 euros) entonces el propio juez ordenará un embargo para hacer frente a la deuda.

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