Obras ascensor no notificadas
Somos una asociación sin ánimo de lucro que tiene alquilado un local en un quinto piso, séptimo en realidad, de un edificio donde conviven viviendas, apartamentos y despachos. Unas obras en el ascensor no notificadas que durarán por lo menos un mes, desde el 16 de agosto, nos limitan el uso del local, especialmente para los socios mayores que no subirían los siete pisos ni en invierno.
Es cierto que nos avisaron una semana antes de las vacaciones que empezamos el 1 de agosto, pero sin notificar nada, un comentario de la portera y un aviso colgado en el ascensor, aludiendo a reuniones anteriores de la Junta de la Comunidad sobre las obras, que nadie nos había comentado, puesto que no somos propietarios. Un e-mail enviado al administrador de nuestra propietaria, conminándolo a que plantease un descuento o aportación por la situación creada, no ha merecido respuesta.
Los socios que se podrían perder si no cogemos otro local, haría cerrar la asociación, pero tampoco queremos asumir el gasto de otro local y servicios correspondientes, con la dificultad añadida de no poder cambiar de local por vacaciones de agencias y administradores. Alquilar por horas o días, saldrá más caro y difícil de encontrar, pero a 21 de agosto y finalizadas las vacaciones de la asociación, no encontramos otra solución.
Interpretamos que hay incumplimiento de contrato por cambiar las condiciones de acceso y no notificar con tres meses de antelación esas obras, aunque en el contrato no se hable de esa antelación para notificar el caso de obras en la escalera, sólo se refiere a obras en el local. Parece que la LAU tampoco se refiere al caso. Un abogado de oficio, siendo una asociación, es imposible de conseguir porque representa que todos los asociados deberían demostrar su capacidad adquisitiva. Un abogado particular, nos sale más caro que los dos meses de alquiler doblado, que a lo sumo puedan durar las obras... ¿Hay alguna manera de retener el pago, sin que nos puedan echar por incumplir nosotros el contrato o sin que sea necesario un abogado?
Es cierto que nos avisaron una semana antes de las vacaciones que empezamos el 1 de agosto, pero sin notificar nada, un comentario de la portera y un aviso colgado en el ascensor, aludiendo a reuniones anteriores de la Junta de la Comunidad sobre las obras, que nadie nos había comentado, puesto que no somos propietarios. Un e-mail enviado al administrador de nuestra propietaria, conminándolo a que plantease un descuento o aportación por la situación creada, no ha merecido respuesta.
Los socios que se podrían perder si no cogemos otro local, haría cerrar la asociación, pero tampoco queremos asumir el gasto de otro local y servicios correspondientes, con la dificultad añadida de no poder cambiar de local por vacaciones de agencias y administradores. Alquilar por horas o días, saldrá más caro y difícil de encontrar, pero a 21 de agosto y finalizadas las vacaciones de la asociación, no encontramos otra solución.
Interpretamos que hay incumplimiento de contrato por cambiar las condiciones de acceso y no notificar con tres meses de antelación esas obras, aunque en el contrato no se hable de esa antelación para notificar el caso de obras en la escalera, sólo se refiere a obras en el local. Parece que la LAU tampoco se refiere al caso. Un abogado de oficio, siendo una asociación, es imposible de conseguir porque representa que todos los asociados deberían demostrar su capacidad adquisitiva. Un abogado particular, nos sale más caro que los dos meses de alquiler doblado, que a lo sumo puedan durar las obras... ¿Hay alguna manera de retener el pago, sin que nos puedan echar por incumplir nosotros el contrato o sin que sea necesario un abogado?
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Respuesta de Manuel Pregal
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