Contrato Servicios

Somos una asociación recién creada, que posee un local ubicado en una urbanización de 524 viviendas, la asociación está formada por los propietarios unas 300 viviendas de la urbanización, es condición imprescindible tener vivienda en la urbanización para pertenecer a la asociación y por el hecho de pertenecer a la asociación somos propietarios del anteriormente citado local.
Además de los socios/propietarios de la asociación, en la urbanización viven otros 224 propietarios de viviendas que no perteneces a la asociación.
Nuestro interés es que estos 224 propietarios restantes puedan hacer uso de las instalaciones de la asociación sin que tengan la condición de asociados, lo que les conferiría derecho de propiedad de unos locales que no les corresponde.
Se nos ha planteado la posibilidad de alquilar las instalaciones, pero es ese caso la Junta Rectora de la Asociación pasaría a ser un mero gestor de los alquileres cobrados, lo que nos obligaría a liquidaciones de IVA.
¿Es legalmente posible plantear, para su aprobación en junta general, a la Comunidad de Propietarios de la Urbanización alguna clase de contrato o acuerdo por un montante de la suma de "X" euros por el total de viviendas al año (Cuota Club), a pagar por la comunidad de propietarios a la Asociación trimestralmente, con lo que todos los residentes en la urbanización tendrían derechos de uso y disfrute de los servicios del Club Social?
¿Posteriormente los socios propietarios si hay superávit podríamos proceder a devolvernos nuestra parte de esas cuotas pagadas por la comunidad?

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1
Entendiendo que se trata de una asociación sin animo de lucro, no es posible repartir beneficios entre los socios.
Si se podría crear una figura, de socio sin derecho a la propiedad (usuarios), que pagara una cuota mensual, que estaría exenta de IVA si lo han solicitado en Hacienda, como el resto de cuotas.
Esto requiere la modificación de los estatutos en Junta General Extraordinaria.
Si no es esta la situación, es decri, si tienen animo de lucro, entonces ya están obligados a realizar liquidaciones trimestrales de IVA y lo que proponen no seria un problema.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Gracias por la respuesta, quisiera acotar la pregunta, en primer lugar es una Asociación sin animo de lucro.
¿Se podría hacer socio sin derecho a la propiedad a la comunidad de propietarios?
Gracias de nuevo.
En muchas asociaciones, existen ciertos tipos de socios, como los Honoríficos, u otros, que se han de especificar en los estatutos, por lo tanto, se tiene que hacer una Junta General Extraordinaria, especificando los derechos y obligaciones de este tipo de socios, así como quien puede serlo.
Una vez inscritos los nuevos estatutos, podrán hacer socios a los que cumplan estas condiciones. Entiendo que seria mejor hacer uno a uno, que a toda la comunidad, pero eso son decisiones suyas.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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