Apartamento

Buenas tardes,
Vivo en Burgos, en agosto hace 4 años que me compré un apartamento en el centro, hasta ahora he vivido en él pero por motivos personales me mudo a otra vivienda y me gustaría alquilar el apartamento en plan turístico (es decir, fin de semanas, semana sueltas... Etc). Mi pregunta es ¿qué trámites se han de seguir para legalizar un alquiler de este tipo? ¿Debería darme de alta como autónoma? ¿Existe legislación especifica en la que aparezcan los requisitos que debe cumplir el apartamento? ¿Tendré algún problema con Hacienda al realizar el cambio, y devolver las desgravaciones?
Muchas gracias. Un saludo

1 respuesta

Respuesta
1
El tipo de alquiler que sugiere es "de uso distinto de vivienda habitual" (ahí se incluyen desde locales comerciales hasta alquileres de pisos por temporadas cortas).
Le facilito un enlace con la legislación al respecto:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html
Para hacer el arriendo de forma "legal" debe redactar un contrato de alquiler (puede encontrar modelos en este enlace: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/ ), depositar 2 meses de fianza en el organismo autonómico correspondiente y emitir los pertinentes recibos / facturas con IVA.
Trimestralmente deberá hacer la declaración de IVA correspondiente.
Si ha de ser autónoma... no le puedo contestar 100%, ya que según las fuentes que se consulten los resultados son dispares. En general si el beneficio que se obtiene no es la fuente principal de ingresos del individuo, entonces no es necesario ser autónomo. Pero repito que es la conclusión a la que llega parte de la doctrina.
Por cuanto a los requisitos del apartamento: tener su cédula de habitabilidad y estar en buen estado (de forma que sirva para ser habitado, esto es: luz, agua, sanitarios, cocina, tomas de tv, etc).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas