Fianza y reparación caldera

Hola buenas tardes, antes que nada gracias por su tiempo.
Tengo dos preguntas, la 1) en caso de avería de una caldera a gasoil, ¿la cuál estaba ya en la casa alquilada y se ve esta muy usada y ya le han hecho reparaciones . A quien corresponde la reparación en caso de que falle? Sin caldera no tengo ni calefacción ni agua caliente.
2) Me han pedido 6 meses de alquiler de fianza, el contrato es entre las partes no esta sellado ni se ha depositado en la cámara de alquiler fianza alguna. ¿Es eso legal? ¿Puedo solicitar algún resguardo de ese dinero? Es licito pedir ademas de los 2 meses habituales, ¿6 más y que no estén en un aval bancario ni en ningún sitio?
Desde ya muchas gracias.

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Respondiendo por orden a sus preguntas:
1.- Las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario son a cargo del inquilino. Las demás son a cargo del propietario.
En el caso de una caldera de gasoil: el cambio de algún latiguillo, limpieza de quemadores y el mantenimiento "habitual" son por cuenta del inquilino. Más allá habría que estudiarlo, pero casi con seguridad sería cosa del propietario. De todos modos, pueden pre-acordar quién se hará cargo de la caldera, contratar un seguro, mantenimiento etc a priori, y así cuando llegue la averúa ya estará claro el asunto.
2.- La ley exige 1 mes de fianza, que ha de ser depositado en el organismo autonómico correspondiente (por Ley). También se faculta al propietario para pedir las garantías adicionales que considere necesarias (el inquilino es libre de acceder o no).
Normalmente el propio contrato es el "recibo" de las cantidades entregadas.
El aval bancario es también una buena medida, y así se ahorran suspicacias. Propóngale al casero la entrega de 1 mes en metálico y el resto en un aval bancario. Puede ser ventajoso para ambos.

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