Alquiler de piso Fianza

Tengo un familiar que es propietario de un piso que ha alquilado y des de una agencia que gestiona los alquileres nos ha dicho que para hacer el contrato tendríamos que dar el dinero de la fianza en la cámara de propiedad. Que riesgo puede haber si no lo ingresa, ¿es obligatorio? Porque hay gente que me dice que si y otra que no .
Muchas gracias
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El articulo 36 de la ley 29/1994 de arrendamientos urbanos establece que las fianzas serán depositadas en el organismo pertinente en cada comunidad antes de dos meses contados a partir de la fecha de celebración del contrato, si no se hace el ingreso en este plazo se deberá hacer efectivo el recargo correspondiente.
Es obligatorio hacer este deposito ( que te devuelven al finalizar el arrendamiento ), también es obligatorio hacer el ingreso cuando hay actualizaciones o incrementos en la cuantía del alquiler.
Hay gente que no hace estos depósitos y no les pasa nada, de momento claro.

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