Fianza

Muy buena señor Experto.
El motivo de mi carta es por pedirle aclaraciones y consejos sobre el tema de la fianza:
En marzo del 2008 me alquilaron un piso por lo cual pague 2 meses ( 1600 euros )en concepto de fianza y así esta escrito en el contrato de alquiler ( No hice ningún recibo escrito porque la agencia me dijo que estaba escrito en el contrato).
Después de aber tenido varios problemas con la dueña como para ejemplo el mal funcionamiento de la caldera y el cambio de una nevera por lo cual me debe también los recibo de la comida.
Después de haber pasado en el infierno una y otra vez me fui al instituto Catalan del suelo y allí constate que la señorita no había puesto la fianza ( no deposito, no arras, exactamente fianza).
El instituto catalán del suelo me dijo que es obligatorio por parte di quien alquila depositar la fianza y que esta sujeto a sanción prevista para quien incumple esta ley.
La sanción seria entorno a unos 1200 euros y visto por todo lo que he tenido que pasar me vendría bien vengarme, pero, aun así yo entiendo que 1200 euros de multa son muchos y le escribí para arreglar las cosas entres nosotros.
Resulta que la señorita susodicha después de a verle enviado varios email me contesta " ¿QUE DEPOSITO, QUE FIANZA? ".
Después de todo esto, le pregunto ¿cuale es la cosa mejor que puedo hacer en este caso? Respeto a los recibo de la comida dañada por culpa de su nevera por lo cual se le aviso vía email y con mucho antelación. ¿Qué puedo hacer? Ademas de una eventual denuncia por la fianza al inst. Catalán del suelo, ¿Adonde puedo denunciar los otros hechos?.
Le doy las gracias de antemano
Saludos

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Estamos abordando dos temas distintos:
1.- Fianza: si lo cree conveniente, puede presentar una denuncia en el Instituto Catalán del Suelo contra la propietaria que no ha depositado la fianza. Es un conflicto entre el Organismo Oficial y la propietaria.
2.- Desperfectos en el piso y gastos: Le puede enviar a la propietaria un burofax exponiendo la situación (problemas de la caldera, nevera, comida estropeada), e indicarle que ya se lo adelantó por mail (adjunte los emails). Señale un plazo razonable de tiempo para solventar las deficiencias. Si pasado ese plazo no tiene respuesta, entonces toca acudir al juzgado a denunciar el caso. Si la cuantía es mayor de 900 euros necesitará procurador y abogado (en caso contrario no son necesarios, pero sí aconsejables).
Suerte.
Hola.
Me olvide a preguntarle si ¿estoy obligado a pagar el alquiler por transferencia bancaria?
O también puede venir la dueña a la casa a recogerlo, aunque vive en otra ciudad.
Le doy las gracias por su tiempo y respuestas
Saludos
En el contrato ha de indicarse cómo y dónde se paga la renta.
En caso contrario, la vivienda arrendada es el lugar designado.
Le transcribo el artículo 17 de la LAU:
<<Artículo 17. Determinación de la renta.
1. La renta será la que libremente estipulen las partes.
2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.
3. El pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes, o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada.
4. El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo del pago, salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario.
El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago, y específicamente, la renta en vigor.
Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia del pago.>>
Muy buenas!
Cuando yo le pague la fianza de dos meses no hicimos ningún recibo porque la agencia me dijo que estaba escrito en el contrato y efectivamente así es.
¿Me vale igual lo que esta escrito en el contacto, como recibo de pagamento de fianza?
Saludos
Sin tener el contrato delante no le puedo contestar 100%, pero lo habitual es haya una cláusula que diga "en este acto el arrendatario entrega la cantidad de ... euros en concepto de fianza".
Con eso ya es más que suficiente para demostrar que Usted la ha entregado. Si además tiene algún justificante bancario o similar sería ya excelente.
Suerte.
Muy buenas.
Le agradezco sus respuestas sin duda muy profesionales, que me han sido de gran ayuda, resolviendo todas las dudas que tenia al respecto.
Le quería agradecer también por su tiempo y dedicación.
Si me permite me gustaría agregarle a mis expertos favoritos.
Le envío cordiales saludos y que tenga un buen día.

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