Alquiler de temporada por alquiler de vivienda hab

Hace un mes y medio aprox. Cambie de piso de alquiler. En principio, me dijeron que me harían un contrato de un año, prorrogable hasta 5 años. Hasta aquí, todo correcto pero cuál fue mi sorpresa cuando al ir a firmar el contrato, resulta que era de temporada y de 11 meses. Yo le indique mi disconformidad al de la inmobiliaria pero me dijo que no me preocupara, que siempre hacían este tipo de contrato por defecto dada la movilidad de la gente y bla bla bla. Total, que yo me vi, por decirlo así, obligada a firmar el contrato ya que yo ya había avisado al dueño del piso anterior donde vivía de alquiler que me iba y si no lo firmaba me quedaba, literalmente, en la calle. Total, firmo el contrato ( aunque no estando muy de acuerdo) y ahora me llama el de la inmobiliaria diciéndome que hay que modificar el contrato porque falta un dato. Donde tendría que poner" la sra. Tal con vivienda habitual en tal dirección..." no pone ninguna dirección ( ya que claro, mi vivienda habitual es el piso donde vivo de alquiler). Me han dicho que en ese apartado, iban a poner la dirección de casa de mis padres como vivienda habitual ( cuando eso, evidentemente, no es cierto). El tema es que ayer me traen el contrato, que no es el contrato en sí, sino sólo la primera hoja del contrato que es la que hay que cambiar, con la fecha de septiembre que es cuando se hizo el primer contrato. Yo de todas maneras, me he empadronado en el piso donde vivo porque el contrato dirá lo que dirá pero mi vivienda habitual es esa. ¿Es esto esto legal? ¿Debo negarme a firmar el contrato ( o la parte de contrato que me dan para firmar)? ¿Deberían rehacer el contrato de nuevo con fecha actual? ¿Si me niego a firmar puede tener consecuencias para mi?

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En mi opinión, si te niegas a firmar, las consecuencias SON PARA ELLOS.
JA JA JA Han hecho MAL el contrato y ahora tienes DERECHO A PRÓRROGAS de hasta 5 años.
Verás el contrato es de vivienda o de "no vivienda" (temporada) según lo que diga el contrato, no según el PLAZO. Un contrato puede ser DE TEMPORADA, y durar 18 meses que es el tiempo que un señor tiene una beca de investigación y necesita vivir en Salamanca duranta esos 18 meses pero su vivienda habitual está en... Granada.
Para que un contrato sea de NO VIVIENDA, debe indicarlo expresamente, así como EL MOTIVO DE LA TEMPORALIDAD, y EL DOMICILIO PERMANENTE DEL INQUILINO.
Si el tuyo no tiene eso, les será difícil poder "echarte" o VARIAR EL PRECIO A SU ANTOJO dentro de 11 meses, ya que puedes exigir las prórrogas que otorga la LAU para los arrendamientos de vivienda permanente y el precio se actualizaría únicamente en función a la variación del IPCGN.
Han metido la PATAZA y pretenden arreglarlo, pero no les sigas el juego, porque doy por hecho que esa es TU VIVIENDA PERMANENTE... No vas a firmar un anexo diciendo una MENTIRA ¿nO?
Tu en tus trece, con el contrato que tienes ahora, puedes decidir si irte dentro de 11 meses, o si quedarte. Y ellos LO SABEN.
Te dejo mi página web con modelos de contratos para que veas un contrato de temporada y uno de vivienda. Así puedes hacerte idea de lo que has firmado.
También te recomiendo esta página para que pongas tu consulta. Aquí sólo ves mi opinión, y en este otro SITIO puede contestar más de una persona y así tú ves más opiniones.
http://www.enalquiler.com/comunidad_alquiler/preguntas_y_respuestas.html
Saludos y estate tranquila NO FIRMES NADA ¿EH?
Amparo
Gracias. Es lo que creía pero quería estar segura antes de hacer nada. De todas maneras si me niego a firmar, legalmente ellos no pueden hacer nada al respecto contra mi, ¿no? Porque en todo caso se tendría que hacer un nuevo contrato con fecha actual, supongo. ¿Puede quedar el contrato anulado por alguna razón que ellos aleguen y de esa forma echarme del piso o en todo caso estoy amparada por la ley y no pueden echarme? ¿Y si intentan hacerme "mobing" no pasándome los recibos del alquiler? También esta el tema de los suministros, quien los paga es el dueño del piso que es una constructora, yo les pago una cuota fija al mes porque los contadores van en nombre de la constructora pr si ellos no pagan las facturas podría ser que me cortaran los suministros. Me tienen un poco "pillada" por decirlo así. Gracias de nuevo. Espero tu respuesta .
No, un contrato de arrendamiento en vigor, sólo puede rescindirlo un juez, a petición de arrendador o arrendatario y por unos motivos MUY CONCRETOS que marca la LAU en el artículo 27 http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_27
Si no te pasaran los recibos del alquiler, tendrías que consignarlo en el juzgado. Aquí tienes información sobre eso: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/search/label/consignaci%C3%B3n%20de%20pago Y aquí el documento que tendrías que rellenar Escrito al Juzgado para Consignar la Renta
Si ellos no pagan, y por h o por b te cortaran los suministros, tendrías que demandarles bien por incumplimiento de contrato bien por coacciones, lo que llegado el momento tu abogado recomiende, puesto que supongo que lo de que los suministros van por su cuenta y que tu les pagas un fijo constará en el contrato.
Muy mal rollo comenzar una relación así, pero si firmaras ese anexo, además de colaborar en una MENTIRA, te podrían exigir, dentro de 11 meses, o que te vayas o firmar contrato nuevo (con precio nuevo)
¡Buena suerte!
Artemisa27.

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