Dudas sobre el contrato de alquiler de la vivienda y consecuencias al marcharnos y dejar de pagar

Hola... En mayo me mude con mi pareja y una amiga común a otra ciudad, otro ambiente y demás...
Al entrar al piso la dueña nos pidió un mes de fianza y el que había que pagar, es decir, dos (pidió un aval anteriormente, pero dijimos que no teníamos)
Ahora la amiga se va por lo tanto somos más a pagar. Hemos pensado en dejarlo, pero no sabemos por donde nos puede salir la casera...
He revisado yo mismo el contrato y dice que la fianza solo se devolverá en caso de cumplir lo pactado en el contrato, comenta las cuotas mensuales y el total a pagar, pero no pone nada de que pasa si lo abandonamos antes de lo firmado... Yo no me fio nada de ella porque nos puede salir con cualquiera... Hasta el momento hemos cumplido con los pagos en el plazo pactado y demás...
Básicamente me interesa saber si nos puede obligar a algo.. Porque obviamente no hace gracia pagar un piso que no estas ocupando.. ;)

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Te contaré cómo son las cosas, aún a riesgo de que no te guste lo que vas a oír y en represalia me des una baja puntuación:
Los contratos se firman para ser cumplidos por ambas partes.
La ley, te da derecho a estar hasta 5 años, y obligación de cumplir anualidades completas, y tu casero también tiene la obligación de tenerte como inquilino (hasta 5 anualidades) y el derecho a cobrar la renta de cada anualidad completa.
Lo habitual, lo que los jueces has sentenciado en ocasiones similares, (cuando las partes no han llegado a un acuerdo y han acabado en los Tribunales) es que el inquilino que decide incumplir el contrato marchándose antes de tiempo, deba pagar hasta que se cumpla la anualidad o hasta encontrar a otro inquilino (lo que suceda antes). Es decir, volver a alquilar la vivienda, le libera del pago. Además, en caso de ir a juicio, el inquilino suele ser condenado en costas (abogados y procuradores de ambas partes) y eso es LO MÁS CARO.
También es bastante normal que el inquilino ofrezca al casero una indemnización de un par de mensualidades a cambio de firmar una resolución bilateral de contrato, y evitar un pleito desagradable, largo y caro.
Es más barato pagar 2 mensualidades que un pleito con sus costas, y con una sentencia probablemente como la que te he comentado.
Así que si el casero acepta que os marchéis a cambio de la fianza, NI LO DUDES.
Como te decía. Tal vez no te guste lo que has leído. Pero así son las cosas.
Lo siento mucho.
Si claro, pagar un par de mensualidades lo vería dentro de lo razonable...
Pero el piso en si tiene 2 baños, cuando llegamos solo se podía utilizar uno y el calentador tiene una fuga de gas, por lo que debemos tener la ventana abierta...
La casera después de meses insitiendole y cuando se quedo inutilizado el otro baño que quedaba se digno a arreglarlo mandando a un amigo 'manitas' el cual dejo dos agujeros en las balsosas que 'algún día tapara'. Así como cambiar el calentador... El piso en buenas condiciones no está, por lo que dudo que si nos salimos otra persona quiera entrar...
Pues más a favor de finalizar el arriendo pagando las 2 mensualidades y adiós.
Para otra ocasión, exigid en el contrato de arrendamiento que os dejen los 2 primeros meses para verificar que todo funciona bien, y en caso de que hubiera algo que reparar, y no fuera reparado por el arrendador en el tercer mes, sería motivo para resolver el contrato por parte del arrendatario.
Por otro lado, tendríais que negociar con vuestra "amiga" que fuera ella quien pagara los 2 meses de indemnización, ya que ha sido ella la que ha provocado la finalización anticipada del contrato.
Suerte para la próxima vez.

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