Derecho de tanteo del inquilino

Buenos días, ¿me gustaría saber si el inquilino goza del derecho de tanteo de la oferta que haga el propietario para vender el piso una vez terminado el arrendamiento (cuya duración es de 2 años) en el caso de que el contrato de alquiler se haya hecho a un joven de 22 años que ha estado cobrando la subvención de los 210? Mensuales. Gracias.
Respuesta
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Ese derecho finaliza cuando finaliza el arrendamiento.
Si tienes firmado el documento de fin de contrato y entrega de llaves, el piso ya no tiene INQUILINO.
Gracias por responderme. Sí, ya sé, pero el arrendamiento aún no ha finalizado. Lo que quiero saber es si ese derecho también va orientado a aquellos inquilinos que estén cobrando la subvención para jóvenes de los 210 euros mensuales (renta de emancipación). Porque por lo visto me han dicho que esa subvención son para contratos de alquiler, pero no para los de alquiler "con opción de compra". Pero entonces si ese muchacho está cobrando tal subvención mientras está de alquiler y cuando termine el contrato de alquiler, si el propietario quiere vender el piso y él se lo compra ¿lo puede hacer?
Cuando T E R M I N E el contrato de alquiler, él podrá comprar lo que le guste o lo que su economía le permita. El haber recibido una subvención no le condiciona para su futuro...
Respecto a los 210 euros, esa subvención es para el alquiler, y es puede recibirse haya o no haya opción de compra (la cual puede o no ejecutarse)

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