Extinción contrato alquiler piso

Soy una chica que firmé un contrato de alquiler de piso por un año, en una de las clausulas aparece Artículo 9 y 10 ley 29 1994 del 24 de noviembre boe 382 1994. Resulta que llevo unos meses y ahora el dueño va a poner la instalación de luz entera con obra porque se fue. Estoy sufriendo las consecuencias que conllevan la obra, sin poder hacer casi nada, aguantando mierda y demás. Total que tengo pensado de irme, ¿pero mi pregunta es que si puedo irme antes del año? Gracias.
Respuesta
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Si te vas antes de cumplir el tiempo pactado en el contrato tendrás que pagar una "indemnización" al propietario de 1 renta por año no cumplido.
Pero aparte de esto, tienes el derecho de reclama ral propietario que él te haga una reducción de la renta por las zonas de piso que no puedas disfrutar.
En todo caso, el articula 9 hace mención de que la parte arrendataria deberá notificar al arrendador con un mínimo de 1 mes de antelación, su intención de finalizar el contrato.
Un saludo, si tienes cualquier duda ya sabes donde estoy .
Me comentas que tengo derecho de reclamar reducción de la renta, ¿pero eso seria si yo me voy antes de cumplir el año cierto? He decidido quedarme y no irme antes del año, ¿pero tengo algún tipo de derecho por seguir con el piso sin terminar la obra y todo lleno de mierda? Gracias
Me has servido de gran ayuda, eres todo un profesional además de rápido en tu contestación, gracias.
Tienes derecho a la reducción de la renta (siempre y cuando las obras inaviliten parte de la vivienda, es decir que tú no puedas disfrutar de la totalidad de la vivienda), obviamente la reducción de la renta siempre será efectiva cuando tengas que pagar la renta, es decir es indiferente cuando te vayas, esa indemnización durará el tiempo que duren las obras que inaviliten parte de la vivienda.
Lo podrás reclamar a la parte arrendadora.

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