Me han condenado a pagar 300 euros de un crédito.

Yo no tengo nada a mi nombre, en la cuenta estoy de autorizada, en ella ingresan la jubilación de mi marido.

¿Pueden embargarle a él?

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Depende en que régimen estén casados.

Si ud esta casada en gananciales, es lo mismo el dinero sea de su marido o suyo, más allá de la titularidad de la cuenta. Si lo esta con separación de bienes, no. el embargo suyo no afectará a ninguna cuenta o bienes a nombre de su marido.

Los embargos se pueden hacer para lo que supere 1000€ que es el salario mínimo interprofesional. Lo que supere esa cantidad es factible de embargo.

Pero si él no firmo el crédito?

Sería sobre el total de la jubilación o sobre la mitad?

Tengo dudas

Es que casados en gananciales es lo mismo uno u otro cónyuge. Sería por lo que supere los 1000 €.

Si la jubilación es de 1000 €, no le quitarán nada cuando ingrese, salvo que haya saldo y supere ese umbral.

Es ud.abogado?

Trabajo en despacho de abogados pero yo no lo soy.

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