Mi mujer heredó una vivienda que no es la habitual estando casados en gananciales, con la vivienda venía la hipoteca,después de

20naños pagando, por fin se ha cancelado la hipoteca, la vivienda está a nombre de los herederos. ¿En caso de separación tengo derecho a la mitad de su parte?

2 respuestas

Respuesta

No entiendo eso que dicha vividnda está a nombre de los herederos. ¿No es tu mujer quien la heredó?

Gracias por contestar.

La vivienda fue heredada por tres hermanos, pero tenía cargas ( hipoteca a nombre de la madre) es que era una adjudicación del ayuntamiento y se les paga a ellos.

La lograron poner a nombre de los tres herederos , pero hemos pagado todos los gastos a partes iguales durante 20 años.

Por eso mi pregunta, si en caso de separación tengo derecho a la mitad de la parte de mi mujer?

Hay que separar lo que heredó tu mujer, que es suyo privativo, y lo que de capital (no de intereses) se pagó hasta cancelar la hipoteca que esto si es un bien ganancial del cual tienes el 50%. Llegado el caso de divorcio habrá que hacer un evaluo de cada una de las partes por separado.

Respuesta

Parece que esa vivienda es una copropiedad entre los herederos, y, supongo, el préstamo hipotecario se pagaría en esa proporción, lo que usted haya contribuido a ese pago no le concede derecho alguno sobre esa propiedad, en todo caso, si se lo reconoce su esposa, tendrá un crédito contra esa herencia.

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