Contratar nuevo seguro teniendo sin reparar daños sufridos durante el contrato con el anterior

No se han reparado los daños porque:

1) El anterior seguro (desde febrero 2020) no ha presupuestado (tras hacerme pasar un calvario con un falso peritaje del que no se retractaban pese a que era inventado y punible y que no querían rectificar cuando viniera físicamente perito a peritar otro siniestro dos meses anterior y que de hecho, cuando tenia la cita no vino ni se excusó, ni mandó mensaje ni nada. De ahí mi baja en este seguro)

2) En teoría podría hacerlo yo, en teoría. Porque mi situación personal me lo impide en este momento.

Uno de los siniestros son filtraciones en el techo de mi cocina. Lo grave es que lo que hay en el piso de arriba, sobre mi cocina, es una bañera y un WC. Donde ellos se asean y hacen sus necesidades. No hace falta decir lo que pueden contener las filtraciones. Se ve que cuando se hizo la finca se hizo así. Yo lo ignoraba, desde luego. LLevo aquí bastantes menos años.

Con el VIRUS por en medio y creciendo exponencialmente los contagios cosa que, al parecer y cuando se trata del otro, se ignora, me parece totalmente imprudente, no ya que entren personas extrañas a la casa por muy preparadas que en teoría vayan, sino porque levantar todo ese polvo lleno de partículas que pueden perfectamente llevar el patógeno, es jugársela, en este caso, jugármela yo.

Ante una urgencia se hace lo que se tenga que hacer pero esto no lo es. Es un trastorno y una contrariedad que yo ya sufro cotidianamente pero que se está viendo entorpecida en su más rápida solución como consecuencia del VIRUS. Eso es lo que hay por ahora.

¿Se lo debo de explicar al nuevo seguro? ¿Qué hago? Mi intención, desde luego no es ocultarlo pero, si lo digo tampoco sé como hacerlo. O, ¿No decir lo que pasa no es lo mismo que ocultarlo?

Muchas cosas en todo el planeta se están viendo afectadas y modificadas a causa del virus y todos lo sabemos y lo sufrimos así que, algo razonable habrá que se pueda hacer en la que se tenga en cuenta la anómala y excepcional situación.

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En la práctica comercial real de los seguros de hogar, no suele hacerse mucha selección de riesgo. Lo que sí tienes que tener muy claro será que el seguro nuevo NUNCA tiene que cubrirte los daños anteriores, o de siniestros futuros que sean a consecuencia de circunstancias anteriores.

Es muy frecuente, por desgracia, tener ese desengaño, pero tenemos que entender que un seguro no es para resolverlo todo, es para resolver siniestros que sean posibles (no seguros).

El siniestro anterior, si lo tenías dentro de cobertura, y si la aseguradora te está cubriendo, yo no descartaría renovar con ellos un año más, aunque legalmente no te sea obligatorio ni necesario para la cobertura, ya que ha ocurrido el siniestro dentro del periodo de cobertura del seguro.

Otra cosa sería, si quisieras quedarte más tranquila, que hicieras otro seguro a la vez, intentando cómo mínimo durante el primer año, cubrir lo que no te esté queriendo cubrir el primero. Pero en ese caso, a no ser que tu relación con esa aseguradora ya no sea "reparable", lo más económica y eficiente para ti, seguramente sea "mejorar provisionalmente" el seguro primero, con una ampliación o mejora de coberturas (si es que te lo permiten).

Por último, lo que te ha ocurrido te podría haber ocurrido con cualquier aseguradora. A veces lo mejor es declarar el siniestro, permitir que periten, reparar por cuenta propia y después presentar la factura.

Si en lugar de eso dejas que sea depende quién, quién coordine el servicio, tal y cómo has visto puede ser una calamidad.

¡Gracias! por tomarse la molestia de responder pero si vd lee mis escritos, cosa que creo puede hacer en esta página, se dará cuenta de los motivos de repugnancia que me causan los agentes con los que me he relacionado y la desconfianza que me han generado hacia estas cuestiones.

Saludos.

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Al hacer una póliza de seguro hay que contestar verazmente a todo lo que pregunte la aseguradora, todas estas preguntas formarán parte de la declaración sobre le riesgo, y en caso de que se produzca una modificación sobre ella a lo largo de la duración del contrato de seguro, el tomador está obligado a comunicar dicho cambio, y la aseguradora propondrá una solución (Artículos 10 y siguientes de la ley de contrato de seguro).

Por tanto no hay que explicar sobre lo que no se pregunta.

Sobre el fondo de la cuestión creo que ya hemos tratado el tema en otra consulta, y la resolución de otro posible siniestro afectando alguna de las partes sin reparar generará un problema seguro.

http://angeldelamo.carrd.co 

¡Gracias! de nuevo Angel. Estamos en un estado de excepción biológico y si eso no se quiere tener en cuenta, pues nos aguantaremos. Mucha gente, a la hora de trabajar, si lo tienen y gracias a ello se nos complican mucho las cosas a los demás. Todos sabemos lo que está pasando y a todos nos a pillado sin preparación alguna. Sobre la marcha lo afrontamos como podemos y algunos, como quieren. Esperemos que la llegada de las vacunas mejore nuestras circunstancias. 

Gracias de nuevo.

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