6 hermanos heredamos un terreno de 600 mts, una sexta parte esta embargada por dos entidades, banco y seguridad, social.

Puedo yo como copropietario renunciar a mi parte y que consecuencias tendrá.

Puede uno de los hermanos construir en la finca aunque este una sexta parte embargada.

El terreno tiene un valor máximo de 50.000 euros y el embargo de una sexta parte es por 48.000 euros.

Le agradecería mucho su respuesta, para hacerles una propuesta a mis hermanos.

2 respuestas

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Me parece que conviene matizar la situación.

El embargo afecta exclusivamente al copropietario embargado, lo peor que les puede pasar a los demás es que pasen de tener como copropietario a un hermano, a tener a su acreedor.

En una finca en copropiedad, si uno de los condueños construye algo, queda en beneficio de la finca y por tanto de todos los condueños.

Como le han dicho, no es posible renunciar a una copropiedad ya adquirida.

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Si lo "heredásteis" es que ya se adjudicó la herencia, se pagaron los impuestos y ya esta propiedad está inscrita en el Registro a nombre de los seis hermanos. Te cabe hacerles "donación" de tu parte a ellos, pero esto tiene su costo, pago de impuestos y, naturalmente, habrá que tener en cuenta las deudas. Háblalo con un notario.

Gracias por la respuesta, pero no sería mas asequible para mi,  hacer uso del derecho de renuncia a mi parte, serían los costes  menores?

Gracias

Si ya se hizo el reparto, se pagaron los impuestos y ya esta propiedad está inscrita en el Registro a nombre de los seis hermanos, no cabe la posibilidad de renunciar. Esto tenias que haberlo hecho antes.

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