Indemnización por cambio caldera en piso de alquiler

Quería consultar a quien procede pagar la luz gastada por la inquilina para calentarse mientras se realizaba el cambio de caldera.

Explico la situación.

El día 21 de enero mi inquilina me contacto por whatsapp diciendo que la caldera se había parado y que iba a llamar a la persona de contacto responsable de la garantía de la caldera, pues dicha caldera se había instalado hace 8 meses.

El 31 de Enero, que es cuándo realizamos contrato nuevo porque ya caducó, pregunto a la inquilina si ya estaba solucionado y me indica que no, que no le habían llamado y que no había ido nadie todavía, por lo que soluciono el tema y van. Me indican tras ir que ha de ir el servicio oficial de la marca porque hay que cambiar un quemador o algo similar. Va el servicio técnico de la marca y clausuran la caldera porque no es la que corresponde y hay peligro si la deja en funcionamiento, y por eso estaba tan sucia las dos veces que fueron a verla. Esto si no me equivoco fue en enero.

El 4 de febrero quien me instaló la caldera me indica que está hablando con diferentes proveedores pero días después me indica que lo más pronto que puede tener la caldera es una semana después porque hay que pedirla a Italia ya que en el almacén no tienen.

El 14 de febrero se instala la caldera.

El 16 de febrero la nueva caldera no da agua caliente o tarda mucho en salir. Tras ir el técnico oficial tras decidir por mi cuenta correr con los gastos resulta de que la caldera tenía demasiada presión y por eso no salía el agua caliente. Esto sucedió el 26 de febrero porque mi inquilina no me dijo en los siguientes días que no habían llamado y esto sea largo y luego se lo reclamé al que me instalo la caldera para que diera aviso al servicio técnico oficial de que llamarán a mi Inquilina.

El servicio técnico arregló lo de la presión, la caldera funciona ya con normalidad y mi Inquilina me reclama los gastos de luz. Tuvo que irse la última semana antes de instalar la nueva a casa de unos amigos por el frío, y quiere que le pague 250 por el gasto de los 23 días que estuvo sin agua caliente ni calefacción.

Sinceramente, fue un grave error por parte del instalador y lo subsanó, pero debido a ello me veo con este problema. ¿Quién se hace cargo de estos gastos de luz, Inquilina o propietaria? ¿Podría mi Inquilina pedir algún tipo de indemnización por ese tiempo que no tuvo agua caliente ni calefacción? Y también saber en qué leyes nos estaríamos basando.

1 respuesta

Respuesta

Tal como describe los hechos parece que debía responder de los daños y perjuicios causados el técnico que ha hecho la instalación y las sucesivas reparaciones, el problema estriba en que si no se aviene a pagar por las buenas deberá llevarlo al juzgado y es un pleito de aquellos de la maldicion “pleitos tengas y los ganes”.

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