¿Como se anotan las fras. Simplificadas en el Libro de Ingresos?

Gracias por brindarme este medio para aclarar mis dudas sobre facturación. Paso a exponer:

- Soy autónomo, me dedico a la formación no reglada de materias incluídas en planes de estudios oficiales (ciclos FP, Universidad), mi actividad está exenta de IVA (esto lo tengo claro)

- En el 99% de los casos mis clientes son particulares que no quieren/necesitan fra. (también tengo claro que si me la piden se la expido y se acabó el problema), el 1% restante son profesionales / empresas / instituciones a las que les emito fra. Con todos mis/sus datos.

- Como la mayor parte de las operaciones con particulares no exceden de 400€ y no quieren factura, tengo entendido que (salvo que la pidan) no tengo que emitirles fra.

- Mi duda/s son las siguientes:

1) Ya que no emito factura completa, ¿tengo qué hacer una simplificada? Ó ¿Simplemente no emito nada?

2)Tengo claro que si emito fra. Completa o simplificada la anoto en el libro de ventas/ingresos; pero si no emito fra., ¿cómo anoto en el libro?

3) Pongamos que al mes doy 100 clases que cobro individualmente (recibo a recibo). ¿Hago 100 anotaciones o resumo todos los cobros en 1?

4) Una última duda de facturación. Las facturas completas que emito a profesionales, empresas o instituciones las emitía con series diferentes para cada cliente (son pocos 2 a 4 al año) del tipo
JPM-2016-0001 (Un tal Juan Pérez Martínez en 2016 y la 1ª fra.), me han dicho que esto es incorrecto, que no se pueden usar series que diferencien por cliente ¿es esto cierto?, y si es así como puedo resolver este entuerto, ¿tengo que hacer fras. Rectificativas (creo que se llaman así) y comunicárselo a todos los afectados?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto.

Si usted tiene una inspección, le solicitaran las facturas emitidas y recibidas. Por lo tanto, le recomiendo que aunque no se las pidan, las emita y las tenga. Efectivamente para los particulares podrían llegar a ser facturas simplificadas. Pero si emite facturas simplificadas, tendrá más complicado controlar ciertos parámetros, que pueden ser necesarios para algunas declaraciones de Hacienda, como el volumen de operaciones para el modelo 347. Con un programa informático esto se hace casi solo...

Efectivamente no debe emitir facturas seriadas por cliente, si puede tener una serie especifica para profesionales o empresarios. Yo empezaría ha realizarlas ahora correctamente y no haría facturas rectificativas que pueden complicarle mucho el tema fiscal y contable.

Hola AbogadosEdo, gracias por tu contestación ... pero no me aclara nada:

- Las fras. simplificadas no llevan datos del cliente (son como ventas al contado), por lo tanto no se identifica al cliente y aunque en su conjunto anual superen los 3000€ (de hecho es el grueso de mi negocio) no voy a hacer una declaración 347 con cliente sin identificar. Por lo que ese no es ni el problema ni la duda.

- La pregunta, perdón por la insistencia es: 

1)¿Tengo que emitir/imprimir las fras. simplificadas aunque no se la de al cliente?, o ¿es suficiente con que apunte en el libro de ventas/ingresos la operación? Por ejemplo en el caso de hostelería y pequeños negocios de venta al menor Hacienda exige la existencia del un TPV que genere los antiguos tickets (ahora llamadas fras. simplificadas), pero creo que eso tiene más que ver con el Sistema de Módulos que con que las fras. sean simplificadas. Además se permite realizar una anotación diaria en los libros, y queda el listado del TPV como registro de las operaciones individuales. A mí Hacienda no me obliga a usar TPV, por eso mi duda es ¿como anoto las ventas a particulares (de servicios) cuando no emito fra. ?

2) La otra pregunta también queda sin resolver. Son varios años los que llevo emitiendo fras. (en este caso completas) a clientes profesionales/empresas/instituciones con series separadas para cada uno de ellos; aunque en conjunto no superan las 30 fras. ¿cual es la mejor manera de solucionarlo?, dejarlo correr y empezar a hacerlo bien no me parece solución.

Gracias.

Usted tiene que tener una copia de todas las facturas emitidas (simplificadas o completas) por lo tanto, ha de hacerlas aunque no se las entregue a sus clientes. En cuanto a la anotación es igual que cualquier factura completa, pero si utiliza un programa contable, normalmente se crea un cliente "Venta Publico" o similar para agrupar todas esas facturas en esa cuenta contable. Como usted tributara por esas facturas igual, le hemos recomendado que en lugar de utilizar este sistema de venta al publico, cree cuentas con los datos del cliente. Usted no es un bar que venda cafés, es un profesional y tiene la posibilidad de recoger estos datos y realizar facturas completas, aunque no se las pidan. Lo cual ayudara en caso de inspección.

En cuanto al tema de las series de las facturas, ya le hemos indicado que yo las dejaría estar las de años anteriores y arreglaría esta cuestión en este ejercicio.

Si emite rectificativas, supondrá un problema para sus clientes (contablemente) y la Agencia Tributaria no suele entran mucho en esto...

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